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domingo, noviembre 11, 2018

Una extraordinaria estrategia global VIDATOX 30 CH.



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Una extraordinaria estrategia global: VIDATOX 30 CH.
Comentario inicial.
Pues sí, una extraordinaria estrategia global en Propiedad Industrial pero en el sentido hacia la irracionalidad, la negligencia, el desmedido afán de lucro, las graves afectaciones económicas y la falta de ética profesional.
Esas son las acciones llevadas a cabo para la comercialización internacional a ultranza del producto homeopático distinguido bajo la marca VIDATOX 30 CH, en clase internacional nº 5, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM. Dicho producto está orientado para pacientes de cáncer. Se le atribuye actividad antitumoral debido a la controvertida presencia en su formulación farmacéutica de los péptidos del escorpión Rhopalurus Junceus, una especie endémica de Cuba.
Desde la perspectiva de la Propiedad Industrial la estrategia global, que nos ocupa, tiene, básicamente, como pilares la solicitud internacional nº PCT/CU2011/000006 para la invención “Péptidos del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus y composición farmacéutica”, clasificación A61K38/08, Inventores: Fraga Castro, José Antonio, y otros, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, designando ciento quince países; más la solicitud de registro de marca comunitaria nº 9 990 797 para Vidatox, en clase internacional nº 5, a nombre de dicho grupo empresarial cubano.
La estrategia global para la adquisición de derechos y ulterior comercialización del VIDATOX 30 CH fue diseñada y materializada por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, un conglomerado estatal del sector de la Biofarmacéutica y la Química orientado hacia la salud animal, bajo el control del Ministerio de la Agricultura, que controla bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo, en particular activos de la Propiedad Industrial. Su predecesor es la Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM.
En la estrategia también participaron directivos de la mercantil cubana LABIOFAM, S.A., ésta es la comercializadora del mentado grupo empresarial, una sociedad anónima importadora y exportadora constituida en 1993, sin contar,- al menos hasta el 2017 -, con sitio oficial en Internet ni tener certificada su contabilidad en conformidad con las Normas Cubanas de Contabilidad, NCC.
Para el momento de la gestación de la mentada estrategia pues frente a dicho grupo empresarial se encontraba José Antonio Fraga Castro en el puesto de Director General, que simultaneaba como Presidente de la Junta General de Accionistas de LABIOFAM, S.A., un veterinario de profesión, Cuadro de Dirección del Estado socialista cubano, militante del Partido Comunista de Cuba, sobrino de Fidel y Raúl Castro Ruz.
Vale destacar que José Antonio Fraga Castro se encuentra copiosamente denunciado ante las autoridades cubanas y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT, por operaciones sospechosas de Movimientos de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos realizadas entre 2012 y 2015, a través del empresario rumano Ovidiu Tender, más la creación del circuito financiero fraudulento de larga data entre LABIOFAM, S.A. y la mercantil bahamesa LABIOFAM ASIA LIMITED.
Si fuera poco, Fraga Castro cuenta con el extraordinario antecedente de haber realizado inauditos actos mercantiles en La Habana durante la primera mitad de la década de 1990 con el empresario estadounidense Robert L. Vesco, otro prominente defraudador y fugitivo de las autoridades de los Estados Unidos de América, EE.UU., según The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, entre los cuales, El País de España, La Nación de Argentina y Proceso de México.
Pero vayamos paso por paso en el desarrollo del tema, que nos ocupa en este artículo. Por cierto, su contenido, al igual que los otros artículos pro-bono publicados en mi perfil en Linkedin, relacionados con extraordinarios hechos acontecidos en el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., parten de información pública y de denuncias abiertas. Eso es una nota aclaratoria orientada hacia las autoridades cubanas fundidas con “El Partido Único.” Sin perder de vista, que las mentadas entidades cubanas controlan y explotan bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo, del cual, claro está, soy parte y, en consecuencia, “propietario” de tales bienes.
I. Preliminar.
II. Antecedentes del producto VIDATOX 30 CH. Mención especial a Misael Bordier.
III. LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la marca Vidatox y Diseño.
IV.   LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”.
V. VIDATOX 30 CH: su eficacia farmacológica, seguridad clínica y costos asociados en I+D+I.
VI. Negocios inauditos de LABIOFAM en relación al VIDATOX 30 CH y otros productos asociados a la salud humana.
VII. La negligencia respecto a la invención patentada en Cuba asociada al VIDATOX 30 CH.
VIII. Conclusiones.
 I. Preliminar.
A inicios de la década de 1980, Robert L. Vesco, un prominente defraudador y fugitivo de las autoridades de los EE.UU., según The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, arribó a Cuba. Ningún medio de noticia controlado por el Estado socialista cubano, fundido con “El Partido Único”, dio cuenta de tan extraordinario acontecimiento. Así las cosas, residió durante más de una década en el más hermético secretismo en La Habana, específicamente en el exclusivo residencial turístico Marina Hemingway.
Luego, en la primera mitad de la década de 1990, tan singular personaje se enroló en actos mercantiles con José Antonio Fraga Castro, éste en condición de Director de la extinta Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM, una empresa estatal socialista con bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo bajo el control del Ministerio de la Agricultura, - actualmente GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM-.
De más está decir que los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano no divulgaron ninguna información al pueblo cubano sobre tan inauditas negociaciones entre Vesco y Fraga Castro. Ante tales circunstancias, luego, la referencia obligada es lo descrito por The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, que dan cuenta de la pretendida producción y comercialización de un “milagroso fármaco”, la Trixolane, aludido como TX, que acabaría con varias enfermedades degenerativas, entre las cuales el cáncer.
Así las cosas, con el beneficio del secretismo y la falta de transparencia, Vesco y Fraga Castro dieron rienda suelta a sus delirios empresariales y desmedido afán de lucro. El supuesto medicamento, en cuestión, sería producido por la mentada Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM, y comercializado por LABIOFAM, S.A. En consecuencia, tuvo lugar el movimiento de capitales, la constitución de mercantiles en Bahamas, y no faltaron otros emprendedores, que se sumaron a la aventura. Más, todo terminó en la perpetración de un ilícito penal según el Tribunal Provincial Popular de La Habana, en conformidad con su sentencia privativa de libertad de 1996 contra Robert L. Vesco, quien presuntamente falleció en La Habana a finales de 2007. Ese último hecho tampoco fue informado por los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano.
En esa tropelía empresarial José Antonio Fraga Castro resultó ser “una víctima” según el tribunal cubano actuante. Esa “víctima” más adelante protagonizó varias operaciones sospechosas de movimientos de capitales Ilícitos y lavado de activos, a través del empresario rumano Ovidiu Tender, y la creación de un circuito financiero fraudulento entre LABIOFAM, S.A., de la cual era el Presidente de su Junta General de Accionistas, y la mercantil bahamesa LABIOFAM ASIA LIMITED, en la cual la mentada mercantil cubana ha sido accionista.
Esas operaciones se encuentra profusamente denunciadas en los siguientes artículos pro-bono: Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas, El enfrentamiento al Lavado de Activos desde la perspectiva del Activismo en Cuba. El caso del empresario rumano Ovidiu Tender, que incluye una presentación en Power Point; El Caso LABIOFAM (I): Otro fallo sin cumplir, El Caso LABIOFAM (II): Libertades Fundamentales contra Falta de Transparencia y Abusos en Cuba, El Caso LABIOFAM (III): la mercantil cubana en Desobediencia, El Decreto-Ley 317 y los negocios con Ovidiu Tender y GAFILAT en La Habana.
También son objeto de una denuncia ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT, orientado al enfrentamiento al Movimiento de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos. Igualmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, tiene copiosa información sobre tales operaciones, a través de la Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas en tanto éstas han actuado en aquiescencia y falta de transparencia en relación al extraordinario acoso laboral perpetrado deliberadamente por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., en condición de Cuadros de Dirección del Estado socialista cubano y militantes del “Partido Único”, en manifiesta represalia a la denuncia formulada. Dicha petición está pendiente de resolución por la CIDH.
II. Antecedentes del producto VIDATOX 30 CH. Mención especial a Misael Bordier.
La literatura especializada describe al escorpión o alacrán Rhopalurus Junceus como una especie endémica de Cuba, a cuyo veneno se le atribuyen propiedades con acción antitumoral.
Lic.Misael Bordier
Todo apunta que Misael Bordier Chibas, un biólogo-investigador cubano, oriundo de Guantánamo, la provincia más oriental del archipiélago cubano, fue el precursor de las investigaciones sobre las propiedades del mentado veneno. Esas investigaciones se remontan a la década de 1980, mientras trabajaba en la Universidad de Guantánamo. Fue aplicado primeramente en perros y ratas afectados por tumores notándose mejoría en éstos. En 1993, sobrevino el suministro a una mujer con cáncer.
Las investigaciones de Bordier se materializaron en el producto ESCOZUL, que no es más que la combinación de ciertas letras de las palabras escorpión azul, como también suele identificarse al escorpión Rhopalurus Junceus. Ese producto era suministrado de manera gratuita a quienes dieran su consentimiento.
Más adelante, el biólogo cubano fue contratado por LABIOFAM, bajo la dirección de José Antonio Fraga Castro debido al creciente reconocimiento que iba ganando. La solución experimental ESCOZUL continuó siendo suministrada gratuitamente.
Misael Bordier falleció en Cuba en el 2005, ese año marca el inicio de la extraordinaria estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH. De ahí en lo adelante, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A. dejaron de aludir el término ESCOZUL para las investigaciones asociadas a las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus; en cambio fue creado desde dicho grupo empresarial el término VIDATOX.
III. LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la marca Vidatox y Diseño.
El 8 de abril de 2005, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM procedió, a través de su Representante Legal, a depositar ante la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, O.C.P.I., la solicitud nacional de registro de marca nº 2005-0200, en clase internacional nº 5, para Vidatox y Diseño. Dicha solicitud devino el 10 de marzo de 2009 en el registro de marca nº 2005-0200 a nombre del mentado grupo empresarial en Cuba, válido por diez años, es decir, hasta el 8 de abril de 2015, renovable por iguales períodos sin limitación temporal, previo pago de la correspondiente tasa ante la O.C.P.I.
Seguidamente el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM se enroló en acciones legales para la internacionalización de la marca Vidatox y Diseño con marcado interés hacia Europa. Así las cosas, el 24 de mayo de 2011 el grupo empresarial cubano solicitó el registro de la marca comunitaria Vidatox y Diseño en la clase internacional 5, a través de la solicitud nº 9 990 797 ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior, O.A.M.I., actualmente Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, EUIPO.
Esa solicitud de marca comunitaria fue objeto del procedimiento de oposición nº B 1 916 975 interpuesto ante la División de Oposición de la O.A.M.I. por la mercantil española Brissas Parfum Paris, S.A. sobre la base de su más temprano registro de marca española nº 2 886 069 para la marca Vida Shock. El sustrato legal de la oposición era el Riesgo de Confusión, regulado en el Reglamento de Marca Comunitaria, R.M.C., artículo 8), apartado 1, letra b).
Tras el examen de rigor, éste compromete el análisis de los productos, los signos, los elementos distintivos y dominantes de los signos, el carácter distintivo de la marca anterior, el público destinatario – nivel de atención y la apreciación global, luego, la División de Oposición de la O.A.M.I., mediante su resolución para la oposición B 1 916 975, rechazó para registro la solicitud de marca comunitaria nº 9 990 797 para Vidatox y Diseño, en clase internacional nº 5, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM; éste no interpuso, dentro del término reglado en conformidad con el artículo 60) del R.M.C., el correspondiente recurso para combatir la resolución administrativa.
En virtud de la decisión de la O.A.M.I. no combatida por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, éste no alcanzó a tutelar derechos exclusivos sobre la marca Vidatox y Diseño, en clase internacional nº 5 en ningún Estado de la Unión Europea.
IV.  LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”.
El 27 de septiembre de 2010, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de M. Lourdes Ruíz Sotolongo, una Agente Oficial de CLAIM, S.A., una consultoría cubana especializada en Propiedad Industrial, depositó ante la O.C.P.I. la solicitud nacional de patente nº 2010-0186, clasificación internacional A1, para la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”. Dicha solicitud de invención devino en una invención patentada a nombre del mentado grupo empresarial en Cuba en conformidad con el Certificado de Patente de Invención expedido por la O.C.P.I., radicado con el nº 24055, concedido por Resolución nº 1940/2014 de su Directora General y válido hasta el 27 de septiembre de 2030.
En palabras más coloquiales, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM devino en el titular de los derechos exclusivos de la invención patentada relativa a la composición farmacéutica del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus durante el plazo legal de veinte años, permitiéndole explotar dicha invención en el mercado cubano, a través de disímiles negocios jurídicos, que representarían la captación de beneficios económicos futuros y se traducirían en recuperar los costos incurridos en el proceso de I+D+I para la invención, que nos ocupa, y seguidamente elevar la rentabilidad de su actividad y su competitividad en el mercado.
Los creadores de dicha invención patentada, que aparecen consignados en el Certificado expedido por la O.C.P.I., están encabezados por José Antonio Fraga Castro. Ese lugar, en efecto práctico, se reserva al líder de la investigación, de quien se supone tuvo un rol protagónico en la ardua labor investigativa. Ese investigador líder no es oncólogo es veterinario. Este autor no ha encontrado prueba documental alguna en cuanto que la labor investigativa de José Antonio Fraga Castro, enfocada hacia las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus, sea anterior a la profusa investigación documentada realizada por Misael Bordier Chibas desde la década de 1980. Entre los creadores listados en el certificado de la O.C.P.I. no aparece el nombre del altruista biólogo-investigador guantanamero.
Siguiendo los hechos, pues, el 27 de septiembre de 2011, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM invocando como fecha de prioridad la solicitud de la patente cubana, pues, promovió la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006 para la invención “Péptidos del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus y composición farmacéutica”, clasificación A61K 38/08, designando la friolera de ciento quince países, entre los cuales mercados más que remotos, donde el grupo empresarial cubano ni LABIOFAM, S.A. tenían presencia comercial ni antecedentes de haber realizado acciones de prospección comercial.
Después de siete años de depositarse la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006, de los ciento quince países designados solo la Federación Rusa ha concedido la patente. En cambio, en la mayoría de los países designados dicha solicitud de patente, en fase nacional, se encuentra rechazada, abandonada y en trámites.
Vale destacar que la entrada en fase nacional de la solicitud internacional, en cuestión, hacia los Estados de la Unión Europea, a través de la Oficina Europea de Patentes, OEP, siendo la solicitud nº ECSP 13012595 (A) - 2014-11-28 se encuentra abandonada desde abril de 2016. Es decir, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM no ha tutelado derechos exclusivos sobre la invención en cuestión dentro del ámbito de los miembros de la Unión Europea.
Por cierto, para esa fecha venía teniendo lugar en LABIOFAM, S.A. una inaudita negligencia en el ámbito de la vigilancia de los derechos de Propiedad Industrial del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM a razón de perpetrarse un despido ilegal en febrero de 2015 contra tres Asesores Jurídicos de recién-contratación, sobre lo cual abordaremos más adelante. Téngase en cuenta que la mentada mercantil cubana, a través de su Dirección Jurídica, controla la adquisición, mantenimiento, defensa y cesión de tales derechos ante las respectivas Oficinas de la Propiedad Industrial.
V. VIDATOX 30 CH: su eficacia farmacológica, seguridad clínica y costos asociados en I+D+I.
En cuanto a la eficacia farmacológica y la seguridad clínica del producto VIDATOX 30 CH pues no siendo las Ciencias Médicas, en particular la Oncología, mi área de experticia, entonces, mejor remito al lector avezado hacia lo expuesto por varios doctores cubanos en dicha rama del saber humano, más en Física Aplicada. Esos criterios técnicos están disponibles públicamente en Internet, a través del sitio “Información actualizada sobre el VIDATOX.”
Repasemos esos criterios.
"El Vidatox es básicamente agua y alcohol, por lo que no debe tener nada del llamado veneno del alacrán. No existen evidencias de que el Vidatox en cualquier forma de presentación resulte eficaz para tratar alguna enfermedad o trastorno clínico. Esta evidencia se obtiene principalmente a través de la realización y publicación de ensayos clínicos controlados aleatorizados y con doble enmascaramiento. Por favor, si alguien sabe dónde está publicado algún artículo que demuestre la eficacia y seguridad clínica del Vidatox para tratar cualquier enfermedad o síntoma, le agradecería mucho me lo muestre". Dr. Emilio Carpio Muñoz. Sancti Spíritus. Cuba.
"El Vidatox no es en realidad un preparado de un producto natural; es la dilución repetida del veneno un gran número de veces, hasta garantizar que en el preparado final no exista una sola molécula de la sustancia original. Agua pura, con algún saborizante para que el engaño sea efectivo. Y de paso, así se evita una posible demanda por parte de algún paciente alérgico". (…) "La realidad es que no hay un solo oncólogo entre quienes promocionan el producto, sino veterinarios, ingenieros y otros con especialidades ajenas a la medicina". Dr. Arnaldo González Arias. Profesor Auxiliar en Física Aplicada. Universidad de La Habana.
“Curiosamente, la campaña del Vidatox hace uso de esas cuestionables afirmaciones, pero omite un aspecto esencial. Los resultados antes citados se refieren al veneno de alacrán en estado puro o ligeramente diluido, pero el Vidatox es una dilución 30 centesimal de Hanneman.” (…) Los promotores del Vidatox tal vez se inspiren en el afán de contribuir con la recaudación de divisas para nuestra economía, pero hacerlo de la forma que lo han hecho, puede resultar en consecuencias muy negativas, empañando el prestigio suyo, de otras instituciones y del país. Dr. Jorge A. Bergado Rosado. Centro Internacional de Restauración Neurológica. CIREN. Cuba.
“Me parece que a nadie le cabe duda de que lo que garantiza que un producto cure, no reside en que sea natural o artificial, asiático u occidental, tradicional o moderno.” Dr. Osvaldo de Melo. Profesor Titular. Facultad de Física Universidad de La Habana.
Si fuera poco, la autoridad cubana reguladora sobre medicamentos, a saber, el Centro para el Control Estatal de Medicamentos, Equipos y Dispositivos Médicos, CECMED, también se ha manifestado en relación al VIDATOX 30 CH, a través de Nota Informativa de 18 de diciembre de 2012, en los siguientes términos.
“La indicación terapéutica aprobada es: Terapia complementaria para el tratamiento de síntomas provocados por los efectos del cáncer y alivio del dolor, considerando que no han sido presentadas evidencias científicas que avalen su autorización como un tratamiento único. (…) Otras indicaciones o propiedades terapéuticas atribuidas al VIDATOX® diferentes a las aprobadas por el CECMED, no cuentan con respaldo científico requerido y su promoción no es ética.”
Claro está, que además están al alcance del lector avezado los criterios sobre las propiedades atribuidas al VIDATOX 30CH por parte de los investigadores, y no investigadores, del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, ésos están disponibles en la revista institucional de dicho grupo, cuyos artículos se encuentran listados al final de este artículo. En cualquier caso, el autor no ha encontrado esos criterios plasmados en revistas científicas de las Ciencias Médicas, en particular su especialidad de la Oncología.
El producto homeopático VIDATOX 30 CH al presentar una dilución tan extraordinariamente alta de su principio activo es diana fácil para las graves y bien fundamentadas críticas por parte de la comunidad científica, sustraída del entorno empresarial del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., éstos más orientados hacia la capitalización a ultranza a través de dicho producto. Súmesele a eso la uniforme reluctancia de la comunidad científica hacia la homeopatía debido a la falta de evidencia científica. El estado de opinión es profuso al respecto. Solo para ilustrar de manera enunciativa y no exhaustiva téngase en cuenta los dos siguientes casos. En el 2016, la Comisión Federal de Comercio de los EE.UU. aprobó una política orientada hacia los fabricantes de productos homeopáticos en el sentido que deberán mostrar evidencias científicas de sus productos antes que éstos sean autorizados para la venta dentro del mercado estadounidense. Ese mismo año, la Universidad de Barcelona, en línea con otras universidades españolas, adoptó la decisión académica de no impartir más el Máster de Medicina Homeopática debido al aumento de la controversia científica hacia la homeopatía.
En cuanto a los costos de I+D+I asociados al VIDATOX 30 CH según información publicada por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de su artículo “Avanza estudio sobre péptidos antitumorales”, disponible en su revista LABIOFAM, Año 4, nº 1/2013, p. 12, luego, para el 2013 dicho grupo empresarial ya había incurrido en un gasto que excedía los veintitrés millones de pesos cubanos.
En relación a los costos asociados desde la perspectiva de la obtención de los derechos exclusivos que recaen en la invención y la marca asociadas al VIDATOX 30CH pues estos ascienden sobradamente a más de cien mil dólares estadounidenses debido, mayormente, a las ciento quince designaciones de la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006.
VI. Negocios inauditos de LABIOFAM en relación al VIDATOX 30 CH y otros productos asociados a la salud humana.
En el 2012, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de su Director General José Antonio Fraga Castro, y el Grupo TENDER, S.A., a través de su Presidente Ovidiu Tender, dieron inicio a las negociaciones para la construcción de una bio-fábrica y un Spa en Serbia para la producción y comercialización a gran escala en Europa de los productos del grupo empresarial cubano, con marcado interés en el VIDATOX 30 CH.
OPCIONES, un medio de noticias controlado por el Estado socialista cubano, divulgó tan promisorio hecho pero no se detuvo en indagar las circunstancias por las que atravesaba en ese momento el mentado empresario rumano.
En el momento de las negociaciones entre Fraga Castro y Tender, éste era un prominente acusado en uno de los más dilatados procesos judiciales en Rumanía. El empresario rumano, y otros, era acusado de fraude, crear y formar parte de un grupo de crimen organizado para el lavado de dinero, que defraudó más de mil millones en su país de origen.
En tan inauditas negociaciones, de 2012 a 2015, en medio de un dilatado proceso judicial de lavado de dinero, también participó Alejandro Castro Soto del Valle, otro sobrino del General de Ejército Raúl Castro Ruz, quien para ese entonces era el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, cargo que simultaneó con su cargo de Primer Secretario del “Partido Único”.
Si fuera poco, José Antonio Fraga Castro, Alejandro Castro Soto del Valle y Ovidiu Tender contaron con la colaboración activa de la Embajada de Cuba en Rumanía. Pues nada, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, MINREX, y la Revista LABIOFAM también divulgaron la proeza empresarial, más no aludieron al relevante proceso judicial por fraude y lavado de dinero, que venía teniendo en lugar en paralelo contra Ovidiu Tender en Rumanía.
Así las cosas, fueron constituidas las mercantiles rumanas LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L., y TENDER, S.C., controladas por Ovidiu Tender. Éstas suscribieron contratos fraudulentos con LABIOFAM, S.A., entre 2013 y 2014, en tanto sobre la base de derechos inexistentes de Propiedad Industrial a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM en Europa.
En relación a dichos contratos, el autor, en ejercicio de sus funciones como Asesor Jurídico recién-contratado, emitió el correspondiente dictamen legal, en virtud de lo establecido por la ley cubana, y dejó registrada su opinión técnica en cuanto a la creación de las condiciones propicias para un circuito financiero fraudulento entre las mentadas mercantiles.
El dictamen, en cuestión, desapareció con motivo de la revisión de documentos en la Dirección Jurídica de LABIOFAM, S.A. por parte de una comisión creada por el Director General de la mercantil cubana. Los cuatro integrantes de la comisión eran miembros del núcleo del Partido Comunista de Cuba en LABIOFAM, S.A. A ese hecho le sobrevino el despido ilegal en febrero de 2015 contra el autor, y otros dos asesores de recién-contratación, y, más adelante, con la reubicación del autor en LABIOFAM, S.A., por mandato judicial, pues sobrevino un deliberado acoso laboral.
Esos abusos perpetrados deliberadamente por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., en condición de Cuadros de Dirección del Estado socialista cubano y militantes del “Partido Único” se encuentran denunciados, a través de la Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH.
VII. La negligencia respecto a la invención patentada en Cuba asociada al VIDATOX 30 CH.
En marzo y abril de 2016, poco más de un año del despido ilegal perpetrado por la alta dirección de LABIOFAM, S.A., con la aquiescencia de Alfred Remberto Crespo Dorta, recién-designado Director General del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, copiosamente denunciado como acosador ante los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, M.T.S.S., luego, los Boletines Oficiales de la O.C.P.I., número 335 y 336, páginas 124 y 289, publicaron la caducidad de los derechos exclusivos de las siguientes tres patentes de invención a nombre del grupo empresarial en Cuba debido a la falta de pago de sus anualidades de mantenimiento por falta de vigilancia sistemática sobre los derechos de Propiedad Industrial.
-  Patente nº 24018, “Composiciones farmacéuticas a partir de derivados de la musa SP.” Boletín Oficial nº 335, página 124.
-  Patente nº 23381, “Fórmula nutricional y farmacéutica elaborada a partir de eritrocitos equinos y la miel de abeja.” Boletín Oficial nº 336, página 289.
-  Patente nº 24055, “Composiciones farmacéuticas de veneno de Escorpión Rhopalurus Junceus.” Boletín Oficial nº 336, página 289.

Al momento de declararse la caducidad de los derechos exclusivos de las tres invenciones patentadas, éstas se encontraban en explotación en el mercado cubano, a través de los productos distinguidos bajo las marcas, en clase internacional nº 5, ACITÁN®, FERRICAL®, y VIDATOX®. Por cierto, la patente asociada al producto VIDATOX 30 CH estaba vigente hasta el 2030 de modo que el perjuicio económico fue extraordinario pues ya vimos que el propio GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM fijaba los costos asociados a dicha invención en el orden de los veintitrés millones de pesos cubanos para el 2013.
Para mayores detalles sobre esa extraordinaria negligencia en LABIOFAM, S.A., con la falta de control del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, el autor recomienda su artículo pro-bono: “La negligencia en tres patentes de invención del Grupo Empresarial Labiofam en Cuba.”
VIII. Conclusiones.
A) La estrategia global de Propiedad Industrial diseñada y materializada por directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., bajo la guía de José Antonio Fraga Castro, con el fin de internacionalizar la comercialización del producto homeopático VIDATOX 30 CH, luego, se apropió de las investigaciones más tempranas del biólogo-investigador cubano Misael Bordier Chibas sobre las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus, deformando el sentido que a dichas investigaciones le imprimió el biólogo cubano en tanto orientadas hacia una clara vocación humanista de no percibir ingreso alguno, a través del suministro del producto homeopático ESCOZUL, éste prescrito de manera gratuita para individuos con cáncer.
B) La estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH reproduce el esquema mercantil – financiero del prominente defraudador estadounidense Robert L. Vesco en relación al producto TX, un supuesto “fármaco milagroso” orientado a erradicar enfermedades degenerativas, entre las cuales el cáncer, en tanto desde LABIOFAM, S.A. se negoció la creación de las mercantiles rumanas LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L. y TENDER, S.C., éstas controladas por el prominente defraudador rumano Ovidiu Tender, según estableció tal condición el Tribunal de Apelaciones de Bucarest mediante su sentencia firme privativa de libertad de doce años y siete meses. En esas negociaciones de 2012 a 2015 con el mentado empresario rumano estuvieron al frente por la parte cubana: José Antonio Fraga Castro, Alejandro Castro Soto del Valle y directivos de LABIOFAM, S.A. Ellos contaron con la colaboración de la Embajada de Cuba en Rumanía en medio del dilatado proceso judicial por fraude y lavado de dinero seguido contra Ovidiu Tender en Rumanía, que concluyó en el 2015.
C) La estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH ha ocasionado una extraordinaria afectación económica en el patrimonio del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y por extensión a la economía cubana, en tanto dicho grupo empresarial controla y explota bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo. Esa grave afectación económica se traduce en el orden de 23 millones de pesos cubanos asociados a los costos incurridos por dicho grupo empresarial en el proceso de I+D+I en relación a la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus” al menos hasta el 2013. Téngase en cuenta que en el 2016 tiene lugar la inaudita negligencia en LABIOFAM, S.A., que consumó la caducidad de los derechos exclusivos de la mentada patente, que estarían vigente hasta el 2030. A ese monto debe sumársele los pagos incurridos por dicho grupo empresarial en la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006, de 2011.
D) A fecha de este artículo de los ciento quince países designados en la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006 solo la Federación Rusa ha concedido la patente en cambio a las declaraciones de rechazo y de abandono. Dicha solicitud internacional da cuenta, además, de cuan errática fue su presentación, agravando aún más los extraordinarios perjuicios económicos ocasionados en torno al producto homeopático VIDATOX 30 CH. Sin lugar a dudas, el máximo responsable de tamaña afectación económica es José Antonio Fraga Castro en tanto la máxima autoridad que gestó y materializó la estrategia global, que nos ocupa, más otros miembros de la alta dirección del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A. El extraordinario perjuicio económico tiene la nota grave de haber tenido lugar en una muy compleja situación financiera de la economía cubana.
E) La Fiscalía General de la República, F.G.R., en conjunto con la Contraloría General de la República C.G.R., están en el ineludible deber de promover la acción penal a razón de la extraordinaria afectación económica ocasionada por la estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH. Sin perder de vista las operaciones sospechosas de Movimientos de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos, más la creación del circuito financiero fraudulento de larga data entre LABIOFAM S.A. y LABIOFAM ASIA LIMITED, todo en lo cual también se encuentra involucrado José Antonio Fraga Castro como la máxima autoridad, que contribuyó a la perpetración de tales operaciones financieras durante años.
 E) Las autoridades cubanas, fundidas con el Partido Comunista de Cuba, están en la obligación de dar cuenta de esta denuncia al pueblo cubano en tanto el legítimo propietario de los bienes en régimen de propiedad socialista controlado y explotado por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A.
 Bibliografía.
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 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, O.M.P.I., “Solicitud internacional nº PCT/CU2011/000006 para la invención péptidos del veneno escorpión Rhopalurus Junceus y composición farmacéutica”, clasificación A61K/3808, designando 115 países, número de publicación WO/2012/041261, fecha de publicación, 5 de abril de 2012, fecha de presentación internacional 27 de septiembre de 2011, fecha de prioridad 27 de septiembre de 2010, solicitud de patente cubana nº CU-2010-0186, a nombre del Grupo Empresarial Labiofam (Cuba), Inventores: Fraga Castro, José Antonio, «et al», Agente Oficial: Ruiz Sotolongo, María Lourdes, Claim, S.A., Cuba. Disponible en: https://patentscope.wipo.int/search/es/detail.jsf?docId=WO2012041261&recNum=1&docAn=CU2011000006
PÉREZ MÉNDEZ, Dayamí. “Rumanía y Cuba exploran posibilidades de negocios”, Revista LABIOFAM, Año 4, nº 1/2013, La Habana, 2013, p. 46. Disponible en: ttps://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/negociaciones-entre-ovidiu-tender-y-labiofam
PORTAL, Ariel. “Escozul: su origen y su historia”. 18 de enero de 2018. Disponible en: https://escozul-cuba.com/escozul-su-origen-y-su-historia/
POSADA BORGES, Yohana. “LABIOFAM llega a Europa con novedosos productos”, Revista LABIOFAM, Vol. 2, nº 3/2011, La Habana, 2011, p. 80.
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SÁNCHEZ DÍAZ, Julia M. “Gran impacto del Vidatox 30 CH”, Revista LABIOFAM, Año 4, nº 1/2013, La Habana, 2013, p. 32.
VIVES ROMERO, Teresita. “Medicamento cubano llega a china [Vidatox]”, Revista LABIOFAM, Vol. 2, nº 3/2011, La Habana, 2011, p. 36.
Información relacionada:
AVAL DEL DESEMPEÑO sobre las funciones del Autor en LABIOFAM, S.A. Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/aval-de-labiofam-sa/DrSergioOFernndezPal/aval-de-labiofam-sa
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas." Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/petici%C3%B3n-p-1726-17-ante-la-cidh-contra-las-cubanas-dr-sergio-osm%C3%ADn/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. “El enfrentamiento al Lavado de Activos en Cuba desde la perspectiva del Activismo. El caso del empresario rumano Ovidiu Tender.” Y su presentación en Power Point. Disponibles en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/negocios-con-ovidiu-tender-desde-2012-a-2015 y  https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/el-enfrentamiento-al-lavado-de-activos-en-cuba
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. “Caso LABIOFAM, S.A. (I): Otro fallo judicial sin cumplir.” Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/labiofam-sa-otro-fallo-judicial-sin-cumplir-fern%C3%A1ndez-palacios/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "Caso LABIOFAM, S.A. (II): Libertades Fundamentales contra Falta de Transparencia y Abusos en Cuba.” Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/caso-labiofam-libertades-fundamentales-contra-falta-y/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "Caso LABIOFAM, S.A. (III): La mercantil cubana en Desobediencia.” Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/caso-labiofam-sa-iii-mala-pr%C3%A1ctica-judicial-fern%C3%A1ndez-palacios/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. ¿Quién es Ovidiu Tender? - Traducción del artículo "Businessman Ovidiu Tender: sentenced to 12 years and 7 months in jail" de Dana Purgaru. Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/qui%C3%A9n-es-ovidiu-tender-dr-sergio-o-fern%C3%A1ndez-palacios/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "El Decreto-Ley 317 y los negocios con Ovidiu Tender." Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/el-decreto-317-y-los-negocios-con-ovidiu-tender-fern%C3%A1ndez-palacios/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "The Decree of Law 317 and José Antonio Fraga Castro." Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/decree-317-jos%C3%A9-antonio-fraga-castro-fern%C3%A1ndez-palacios/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. "GAFILAT en La Habana." Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/el-decreto-317-y-los-negocios-con-ovidiu-tender-fern%C3%A1ndez-palacios/ 
* Abogado independiente y activista contra el totalitarismo en Cuba. Doctorado en Derecho (Mención Cum Laude). Universidad de Alcalá, UAH, España. Director de la tesis doctoral: Dr. José Manuel Otero Lastres (España) - Mejor Abogado en Propiedad Industrial. Máster en Derecho. Universidad de Alcalá, España. Máster en Sociedad Stock. Universidad de Barcelona, UB, España. Licenciatura en Derecho. Universidad de la Habana, UH, Cuba. Ha trabajado para LABIOFAM, S.A. (Cuba), Grupo de Turismo Gaviota, S.A., Corporación Habanos S.A.L
Los datos son tomados de la página de Linkedin del autor del artículo.

miércoles, agosto 17, 2011

Del veneno del alacrán azul a la comercialización de un producto homeopático derivado de este.

Es complejo el título que quiero ponerle a este post. El popular tema sobre el veneno del alacrán azul y su empleo en el tratamiento del Cáncer interesa a muchos. Hace algún tiempo incluimos aquí una información al respecto; hoy encontramos en la red otras dos informaciones recientes sobre el tema.
El primer artículo, con el título de “El escorpión azul” del periodista independiente Emilio Cosano Alen, vuelve sobre el tema sobre las bondades de este producto natural que se emplea en el manejo del Cáncer. Desarrollado en Cuba desde hace 30 años. Lo que añade interés reciente a este asunto es las declaraciones del director de Labiofam, institución de investigación que hace algún tiempo tomó control de la investigación y producción del medicamento, estas son sus declaraciones:
Se puede afirmar categóricamente -dijo José Fraga Castro ( foto a la derecha), director de LABIOFAM hace unos años- que en la toxina del escorpión Rhopalurus junceus hay proteínas de bajo peso molecular que tienen función antitumoral. Teniendo en cuenta que el veneno es un pool proteico, es necesario llegar hasta el aislamiento de la proteína que tiene esa acción sobre el ADN de las células malignas”.
Con tono precavido Fraga advierte: “No podemos perder de vista que los cubanos somos propensos a tomar cualquier cosa que se diga tiene efecto positivo en la salud, sobre todo si sabemos que no mata”.
El periodista añade al final esta nota: “LABIOFAM puso a la venta recientemente el medicamento elaborado a base de la toxina del Rhopalurus junceus. Están por verse los resultados definitivos, aunque personas no autorizadas cazan al escorpión azul indiscriminadamente, sin tener en cuenta el orden de la naturaleza ni los posibles daños ecológicos que esto puede ocasionar. Incluso ponen en peligro la especie.
Esto ultima información contrasta con una extenso artículo que aparece en la Red: “Ecozul, una medicina disfrazada” del periodista Rolando Cartaya. Como datos a destacar allí se señala lo siguiente:
“…..hay entre los beneficiarios del fármaco original un grupo de cinco profesionales de varios países que advierten que lo que está fabricando y vendiendo ahora Labiofam, a 205 CUC, ó 230 dólares americanos por el frasco de 30 mililitros, no es Escozul. Veamos lo que dice esta página web, www. escozul-cancer.com/es. Sigue diciendo….,”desde septiembre del 2010 en un evento científico en la Habana, nos enteramos que LABIOFAM iba a sustituir el ESCOZUL por una versión homeopática, que no sigue el principio de dosis concentradas tan importantes para el proceso de tratamiento con el veneno del escorpión azul. Esta versión homeopática ha sido registrada bajo el nombre de VIDATOX , no es ESCOZUL y no es gratuito. El ESCOZUL en su forma concentrada original ahora solo se consigue con los productores independientes cubanos, los cuales siguen entregando el medicamento sin costo".
“La solución que adoptaron fue la de comenzar a elaborar una variante homeopática que solo requiere pequeñísimas cantidades del veneno del escorpión para elaborar las dosis de miles de pacientes. Finalmente terminaron registrando esta variante homeopática con el nombre de VIDATOX, producto que solo tiene propiedades analgésicas como lo demuestra el prospecto que acompaña el medicamento. Esta variante homeopática tiene un costo de 230 dólares americanos por mes de tratamiento y se compra en Cuba en las farmacias internacionales”.
Sigo este tema del Ecozul desde hace algún tiempo…, y sigo sin entender , ¿por qué cuando el Lic. Bordier inicio sus investigaciones no contó de inmediato con los recursos de centros de investigación de probada experiencia en el desarrollo de productos biológicos como son: el Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología, el Instituto Finlay o el Instituto de Ciencia Animal ( este último que condujo en su momento investigaciones sobre la ‘cepa de plátano”)?. Tampoco encuentro explicación por que el desarrollo del producto estaba en manos de personas a título de investigadores independientes que si bien lo entregaban sin cobrar nada, no era la forma más adecuada de investigar , desarrollar y comercializar un producto si seguir, primero que todo, los pasos de un ensayo clínico controlado.
En el empleo del veneno del alacrán azul en el tratamiento del Cáncer se comenzó ‘ de atrás pa’ lante” . Se comenzó a dispensar a los pacientes sin llevar a cabo las debidas investigaciones; cuando el MINSAP y Labiofam trataron de detener esta práctica ya fue demasiado tarde.
Ahora no hay suficiente medios para producir el producto original , que es un producto natural, de acuerdo con la demanda. Como No hay una investigación que mostrar a la comunidad científica internacional de qué es el producto, cuáles son sus principios activos, como es el mecanismo de acción y cuáles son los resultados . Ahora muestran un producto, “ homeopático” especie de clon del escozul que hay que pagar a muy buen precio.

viernes, diciembre 15, 2006

Escozul: Un Tratamiento Médico no convencional.

Por: Dr. Eloy A González.
Hace 21 años comenzaron las investigaciones en Cuba sobre el empleo de la toxina del Rhopalurus junceus, nombre científico del Escorpión azul que es una especie endémica de arácnido de nuestra Isla, aunque puede encontrarse en Haití y Republica Dominicana. El Lic. Misael Bordier, principal investigador de las propiedades terapéuticas de las toxinas del Escorpión Azul, explica las motivaciones e inquietudes que lo condujeron a comenzar los estudios sobre esta especie, y el veneno del mismo como medicamento natural con las siguientes palabras: “a partir de 1980, comencé a pensar en una investigación contra el cáncer. Trabajando en un Centro de Higiene de Epidemiología, donde tuve que acudir para ayudar a eliminar una epidemia de paludismo en el centro de Cuba, fue donde encontré ese alacrán. Estaba debajo de una tumba. Me llamó la atención; recolecté varios y empecé a observarlos. Primero probamos los efectos en ratones y luego en perros con tumoraciones naturales, comprobadas por biopsia y análisis de sangre, inmunológicos y bioquímicos. Con las pruebas veíamos cómo esos tumores iban en proceso de reducción. En las comprobaciones y los análisis bioquímicos se podía ver cómo se estabilizaban los parámetros en los animales. Ahí es cuando empezamos a comprender realmente que el veneno tenía un efecto antitumoral’’ . 1 El Escozul es la denominación dada a un producto natural elaborado a partir de una solución acuosa del extracto de la toxina del Rhopalurus Junceus (Escorpión Azul), con marca registrada otorgada por el CITMA con el título de: “Composición Antitumoral”. La acción antitumoral de esta toxina ha sido objeto de investigación desde el año 1995 en la provincia de Guantánamo (Cuba). Atendiendo a los conceptos actuales (2), el empleo terapéutico del Escozul no es otra cosa que una forma de Medicina complementaria en tanto que, se utiliza conjuntamente con métodos de medicina convencional en el tratamiento del Cáncer (70% de los pacientes). Se trata de un método de Medicina alternativa, al utilizarse en lugar de la Medicina convencional en un 30 % de los pacientes con Cáncer según datos aportados por el investigador principal .3 El empleo del Escozul cae en la categoría de, “práctica y productos médicos empleados en la atención de la Salud no convencional” y también puede denominarse: atención de la Salud no tradicional no probada o irregular, dependiendo del grado de información científica que se tenga. Habiendo dedicado más de 20 años de mi vida a la práctica de la Oncología, las investigaciones en torno al tratamiento del Cáncer siempre me resultan de interés. Es por eso que desde su aparición he seguido muy de cerca las informaciones no sólo sobre el Escozul, sino sobre otros productos que se han desarrollado en Cuba para el tratamiento del Cáncer. Desde su aparición las informaciones sobre el Escozul saturaron,- por así decirlo-, la Red; numerosos sitios en Internet hacían referencias a este producto. Los medios de información del régimen Castro comunista se encargaron de diseminar una información favorable en relación a este producto. Aparecieron sitios en Internet (Foros) donde pacientes y familiares daban créditos de las bondades del mismo. Pueden encontrase sitios en Internet dedicados a proveer una información completa sobre el Escozul .4 Con fecha 15 de noviembre de 2004; el Ministerio da Salud Pública de Cuba, daba a conocer una Nota Oficial(5), sobre el preparado denominado Escozul, donde exponen las siguientes consideraciones: • Este preparado NO tiene aún la consideración legal de medicamento establecida en el artículo 185 del Decreto 139/1988 reglamento de la Ley de la Salud Publica. • La información sobre la administración de este preparado a más de 70 000 pacientes y sus resultados, NO constituye una evidencia científicamente documentada y reconocida por las autoridades sanitarias competentes. • Tanto su proceso de elaboración, como su uso terapéutico, No cuentan con la autorización sanitaria correspondiente. • Hasta el momento el preparado Escozul y su empleo con fines terapéuticos de cualquier índole NO cuentan con el reconocimiento y a aprobación del CECMED para su uso médico. Analicemos cada uno de estos aspectos teniendo en cuenta la información con que contamos. El Escozul No tiene aun la consideración legal de medicamento. Aún cuando el Ministerio de Salud Publica afirma que el empleo del Escozul no tiene consideración legal, la información de que disponemos parece apuntar en otro sentido. En efecto, los investigadores principales que desarrollaron este producto, establecieron un procedimiento de solicitud de búsqueda a la ONITEM (Oficina Nacional de Marcas y Patentes) en el año 1991; la solicitud 300/91 con el titulo de “Aplicación de la toxina de alacrán contra las neoplasias malignas, virus y bacterias” con un campo de búsqueda AGIK 35/00. Con fecha 14 de enero de 1995 solicitan a la ONITEM el certificado de autor bajo el titulo de “Componente antitumoral”; con el número de solicitud 4/94. La certificación se hizo efectiva a partir del 15 de enero del 1995. Como último procedimiento de legalización y registro, el CITMA (Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Cuba) recibe el Certificado de Registro de Marca según Resolución 3136/1999 de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial .6 Aclarando en su momento los aspectos legales; el Lic. Bordier expresaba: “el Estado lo ha reconocido y está aportando la ayuda que puede llevar adelante esta investigación. Tiene el apoyo de nuestro gobierno. El dueño del producto, en este caso, es Cuba. Soy el descubridor, pero es una propiedad de mi país, un patrimonio de Cuba. Este medicamento es para el bien de la humanidad. Es una marca registrada por la Academia de Ciencias de Cuba y la patente es mía”.7 Al menos en Cuba, donde el control del Estado es estricto, resulta absurdo que un procedimiento de desarrollo y aplicación terapéutica de un producto durante años, y que fue objeto del procedimiento legal de registro de marcar establecidos por la propia legislación cubana, ahora se vea sin consideración legal alguna atendiendo a una Ley con fecha 1988. ¿Que tiene prioridad aquí?; ¿las estructura legal que regula la ONITEM, el CITMA y la Oficina de la Propiedad Industrial, o el Ministerio de Salud Pública? Es evidente que ha primado en esto un completo desajuste, desorganización y sobre todo una forma arbitraria de ver y aplicar la Ley a destiempo. La información sobre este preparado no constituye una evidencia científica documentada y reconocida. Desde su aparición este producto ha sido objeto de investigaciones en la Facultad de Ciencias Médicas de Guantánamo y en el Hospital General Docente(8) de esta región en el extremo oriental del país. El estudio del Escozul, constituye desde hace tiempo un Proyecto de investigación y desarrollo aprobado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) y es dirigido por el Instituto de Oncología y Radiobiología del Ministerio de Salud Pública. Por otra parte, existe una información amplia sobre sus efectos terapéuticos que puede ser consultada(9) . Y no han faltado detractores que califican al Escozul como un supuesto remedio, carente de base científica y de dudosa eficacia .10 El Escozul fue probado con resultados alentadores en pacientes con VIH-SIDA en el Hospital Universitario de Mbora en Uganda. No sabemos como y bajo que circunstancias de condujo este ensayo clínico en lugar tan distante. Como último aspecto, al menos en este punto, queremos señalar que investigaciones conjuntas se han establecido entre la Facultad de Ciencias Médicas de la Provincia de Guantánamo y el Instituto de Biotecnología de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). También la Institución científica Labiofam, ha participado en las investigaciones en relación al Escozul, la bioquímica Roxana Ríos Montt, miembro del grupo investigador de Labiofam explicó: “el Escozul inhibe la proliferación de células tumorales en laboratorio, eso es lo que se ha demostrado".Los científicos se muestran cautelosos, pero la propia Roxana Ríos Montt reconoce que en la aplicación a enfermos durante los últimos 20 años "se ha visto una mejoría de la calidad de vida de estos pacientes". Agregando: "el próximo paso sería la identificación de un posible principio activo y la purificación del mismo y el futuro sería la biología molecular" .11 De manera que existe una abundante información, una cooperación evidente entre organismos e instituciones científicas, pero no ha existido un núcleo jerárquico que lleve a feliz término la investigación. Recordemos a las autoridades sanitarias cubanas que ellos mismos han participado directa e indirecta. El producto No cuenta con la autorización sanitaria correspondiente. En relación a esta afirmación de las autoridades sanitarias, debemos de señalar que instituciones como el Hospital Provincial Docente de Guantánamo y su Facultad de Ciencias Médicas; así como el Instituto Nacional de Oncología y Radiobiología, son instituciones dependientes del Ministerio de Salud Pública. ¿Quién entonces autorizó la elaboración y empleo (en pacientes) del Escozul en estas instituciones donde se efectuaron ensayos clínicos con el producto? No creemos que el Ministerio de Salud Pública y el Centro para el Control Estatal de la calidad de los medicamentos (CECMED) estaban ajenos al empleo del Escozul en nuestro país, sobre todo cuando fue utilizado en una muestra de pacientes tan numerosa. El preparado Escozul No cuenta con el reconocimiento y la aprobación del CECMED para su uso medico. Esta es una conclusión, sin embargo, el documento del Ministerio de Salud Pública señala que, el Grupo Empresarial “Labiofam” conducirá una revisión con vista a un futuro registro sanitario como medicamento natural. Entre otras cosas este Grupo Empresarial debe de desistir de seguir comercializando el producto a través de otra compañía y proveyendo en un sitio de Internet en Panamá información sobre el mismo. www.escorpionazul.com. En conclusión: el Escozul no es más que un tratamiento no convencional del Cáncer y de estos tratamientos hay muchos en la literatura médica. Queda por demostrar cuan efectivo puede ser. Como tal debe ser registrado, como un tratamiento complementario y alternativo. Esto no excluye el continuar con las investigaciones en curso en la fase clínica según la metodología de investigación científica que establezcan los investigadores. Los investigadores no han hecho del producto una forma de obtener ganancias, sin embargo hemos visto que en el extranjero algunos si lo han promovido con esta finalidad. Como pueden apreciar en: www.escorpionazul.com, www.escozul.cl, www.servimedchile.cl, www.cubaforhealth.com/cancer. Hasta donde hemos podido analizar; hay un aspecto o muchos aspectos por aclarar en relación a esta Nota Oficial aparecida en tantos medios de prensa desautorizando este producto natural. Un periodista independiste tratando este asunto afirma: “Hasta la fecha, el medicamento se entrega de forma gratuita, por lo que algunos coinciden en afirmar que existe algo detrás de la nota del Ministerio de Salud Pública" .12 Siempre he dicho que los cubanos estamos sujetos a sobresaltos, incluso en el quehacer científico técnico, ésta es una muestra de lo que afirmo. Después de más de 10 años de desarrollo y aplicación de un método de tratamiento alternativo, donde las autoridades sanitarias y científicas del país participaron de alguna forma directa e indirectamente, éstas mismas, mediante una nota oficial dan por terminado el uso de un producto natural y lo descalifica. Esperemos mejores noticias de este método y superada la prueba del tiempo , éste se utilice basado en la experiencia científica y en su eficacia comprobada, de tal manera que se constituya en un método novedoso en el control del Cáncer para bien de los pacientes aquejados de esta enfermedad. Incluso, si así se demuestra, pueda ser de utilidad para pacientes aquejados de otras enfermedades de tal suerte que alcance a todos.
© 2004
Foto del Lic. Misael Bordier. Fallecido en noviembre del 2005 -------------------------------------------------------------------------- [1] Clara Huacuya Rountree.”Alacranes azules contra el cáncer “. La Jornada.Mexico. 17 de noviembre. http://www.lainsignia.org/2001/noviembre/cyt_004.htm [2] http://nccam.nih.gov/health/whatiscam/spanish.htm#6 [3] Clara Huauya Rountree.”Un alacrán contra el Cáncer”. Especial para L Jornada.Mexico. 16 de noviembre 2004 [4] www.escozul.net www.escozul.cl www.escorpionazul.com www.escozul.com [5] Ministerio de Salud de Cuba advierte sobre el so de veneno de escorpión. La Habana EFP. 19 de noviembre de 2004. http://www.univision.com/contentroot/wirefeeds/93salud/915495.html [6] www.ocpi.cu/documentosoo.html [7] http://www.perspectivaciudadana.com/011123/salud01.html [8] http://www.gtm.sld.cu/inst/hgd/Miswebs/servicio_de_coloproctologia.htm [9] http://www.esosul.com/informacion.swf [10] Ricardo Cubedo “Escozul un timo contra el cáncer”.Servicio de Oncología Médica, Clínica Universitaria Puerta de Hierro Madrid.http://elmundo.es/elmundosalud/2004/06/14/oncodudasypreguntas/1087225714.html [11] http://www.escozul.com/reportajes.html [12]Ernesto Roque. “Algo más del Escozul”. Habana.23 de noviembre 2004. www.cubanet.org / Diario Noticuba Internacional