Por: Alberto Méndez Castelló.
La gran mayoría de las negligencias médicas en los hospitales cubanos
quedan impunes. Matar a una res podría salir más caro que dejar morir a un ser
humano.
Piadosa, la muerte puso punto final a la agonía de Raúl García Alsina
a las 3:00 de la tarde del pasado domingo 18 en el hospital Che Guevara de Las
Tunas.
De ser el muerto un buey, una vaca o incluso un ternero, un pelotón de
policías con perros rastreadores, fotógrafos y peritos hubiera sido enviado con premura a la escena
del crimen.
Pero el muerto era solo un hombre y la escena del crimen se había
diluido en el tiempo.
Raúl García Alsina había cumplido 70 años, tenía esposa, un hijo y
cuatro nietos. Había sido un eficiente directivo de comercio y un muy activo
militante del Partido Comunista.
Sí, había sido. Ya no era más que un anciano consumido por el
Alzhéimer, olvidado de todos y por todos.
De tal suerte, cuando intentaba cruzar la avenida Máximo Gómez, en
Puerto Padre, García Alsina fue atropellado por un motociclista el sábado 10 de
noviembre.
En estado convulso, fue conducido al cuerpo de guardia del hospital
Guillermo Domínguez. El cirujano de turno indicó una radiografía y una
Duralgina, según relataron los familiares. Luego, dispuso que una ambulancia lo
trasladara a… ¿los neurocirujanos? No, señor, a casa, esto es, a la choza donde
vivía García Alsina. Su casa había sido destruida por el huracán Ike, el 8 de
septiembre de 2008.
El domingo 11 de noviembre, García Alsina fue llevado en estado de
coma al hospital provincial Che Guevara: "Se han perdido 24 horas que ya
no se pueden recuperar", dijo un neurocirujano a los familiares. Siete
días después, el enfermo fallecía víctima de un traumatismo craneoencefálico
tardíamente atendido.
Sospechosamente, en el momento de la autopsia, en medicina legal no
aparecía la radiografía tomada al herido tras del accidente.
"No saco el cadáver de aquí si no aparece esa placa", dijo
el hijo de García Alsina, que debió imponerse en el hospital Che Guevara.
La radiografía acusadora apareció, pero ¿qué valor tiene? García
Alsina está muerto por presunto abandono médico y a no dudarlo otros más
morirán por igual proceder criminal.
"Mi hija ahora tiene tres meses, pero de ella tendría nada más
que el recuerdo si no me pongo duro. Yo mismo tuve que llevar a mi mujer para
el salón de partos porque la enfermera decía que todavía no era el momento.
Oiga, y enseguida la niña nació", dice un hombre en el funeral de García
Alsina, a propósito de las negligencias en los hospitales, a lo que una mujer
que escucha el relato añade:
Foto a la izquierda matarifes en Cuba.
"Le creo. Mi hijo, que ahora tiene 10 años, está con un montón de
problemas porque a mí me demoraron el parto 10 horas".
Los testimonios de acciones y omisiones médicas constitutivas de
delito narrados en la funeraria conformarían todo un dossier de acusaciones;
habría sido útil que los implicados hubieran estado allí para escuchar a las
víctimas.
Pero durante ocho días de angustias y hasta el funeral de Raúl García
Alsina, las autoridades de Salud Pública no se habían acercado a los familiares
de la víctima para ofrecer explicaciones. Tampoco lo hizo la policía en
funciones investigativas, teniendo un delito a la vista.
Técnicamente, estamos en presencia de un delito de abandono de
incapacitados y desvalidos, según lo conceptuado por el Código Penal cubano.
"El que no socorra o preste el auxilio debido a una persona
herida o expuesta a un peligro que amenace su vida, su integridad corporal o su
salud, si el hecho se comente por quien tiene el deber de socorrer o auxiliar a
la víctima por razón de su cargo o profesión, la sanción es de privación de
libertad de seis meses a dos años con multa de 200 a 500 cuotas o ambas",
dice el artículo 277.2 del Código Penal.
Imaginen, dos años de privación de libertad, digamos que tres por
circunstancias agravantes, para alguien que por su falta de socorro hizo perder
la vida a un ser humano.
Pero ¿qué sucedería si el muerto hubiera sido un buey?
"El que sin autorización previa del órgano estatal,
específicamente facultado para ello, sacrifique ganado mayor, es sancionado con
privación de libertad de 4 a 10 años", expresa el artículo 240.1 de la
supradicha ley penal.
Puesto que, según la legislación vigente, entre otros fines las
sanciones penales tienen por objetivo prevenir la comisión de nuevos delitos, a
la luz de lo articulado por el Código Penal juzgue usted mismo, cómo se protege
a los cubanos incapacitados y desvalidos en comparación a la protección
jurídica dada al ganado mayor.
¿Dónde estaría hoy el cirujano de guardia del hospital Guillermo
Domínguez, si en lugar de abandonar a su suerte a Raúl García hubiera matado a
un buey?
Para ayudarle a contestar, recuerdo que quien sacrifique ganado mayor
por su cuenta en Cuba, aunque sea el propietario de la res sacrificada, no
tiene derecho a fianza y debe esperar en prisión provisional hasta el día de su
condena.
Luego, dígame: homo sapiens o tauros…