Por: Dr. Darsi Ferrer Ramírez*, Jaime Leygonier Fernández ** y Carlos Ríos Otero ***.
Desde el mes Julio de 2005 la policía política mantiene bajo arresto a 14 disidentes por el supuesto delito de “alteración del orden público”. La mayoría de ellos fueron arrestados en sus hogares sin que hubieran participado en ninguna actividad, a otros los apresaron en la calle al manifestarse pacíficamente por el aniversario de la masacre del Remolcador “13 de Marzo”, y, los menos, cuando intentaban realizar una protesta frente a la Embajada francesa.
Curiosamente, aunque no ofrecieron resistencia, durante sus detenciones muchos resultaron golpeados por turbas de porristas dirigidas por oficiales de la Seguridad del Estado, entre quienes se destacaron por el marcado nivel de violencia los altos funcionarios del gobierno: Sr. Pedro Sáenz Montejo, Primer Secretario del Partido Comunista de la Capital y el Sr. Hassán Pérez, Segundo Secretario de la Unión de Jóvenes Comunistas. Aunque los agresores sí alteraron el orden, rompieron cabezas, fracturaron costillas, etc., en ningún momento se les ha molestado para que respondan a la justicia.
Los disidentes llevan seis meses de arresto sin juicio y sin presentarles cargos, encerrados cada uno en celdas tapiadas de tres metros de largo por dos metros de ancho, donde los hacinan junto a tres delincuentes comunes y, a veces, hasta con peligrosos enfermos psiquiátricos.
En ese espacio reducido la falta de higiene es total; celdas que por instalación sanitaria tienen un turco tipo letrina, algunos por tupiciones desbordan excrementos; desprovistas de ventanas y con mínima ventilación a través de las ranuras, incapaz de atenuar la fetidez que están obligados a respirar los recluidos; sin agua para asearse y la de beber racionada a una cantidad inferior al mínimo que requiere la salud humana; privados de luz natural, solo escasos minutos diarios en locales enrejados.
La alimentación para estas personas es pésima, por debajo de la cantidad de calorías imprescindibles fisiológicamente y carente de valor nutritivo, sin proteínas y de mala calidad; su ingestión les provoca vómitos a la mayoría.
A estos detenidos su único contacto con el exterior se lo limitan a 10 minutos semanales de visita con los familiares más cercanos (un máximo de tres), encuentro que se realiza en presencia de un oficial con ordenes de prohibir la entrega de alimentos, literaturas y hasta determinadas conversaciones.
También son privados del contacto con sus abogados defensores. No tienen derecho a llamadas telefónicas, correspondencia, servicio religioso o asistencia por un sacerdote.
En estas condiciones de encierro permanecen: Ricardo Santiago Medina Salabarría, René Montes de Oca Martijo, Oscar Mario González García, Emilio Manuel Pérez Soria, Roberto de Jesús Guerra Pérez, Lázaro Alonso Román, René Gómez Manzano, Julio Cesar López Rodríguez, Emilio Leyva Pérez, Santiago Valdés-Hoya Pérez, Francisco Moure Saladriga, Miguel Ángel López Santos, Raúl Martínez Prieto y Camilo Ernesto Cairo Falcón.
Como demuestran los hechos, desde el arresto estos son sometidos a sufrimientos físicos y mentales que inducen daños irreversibles en el estado de salud de cada uno de ellos. Las condiciones en las que los confinan no cumplen las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos en los Centros Penitenciarios.
Ello explica que en todos los casos aparecieran enfermedades y se descompensaran las existentes, así como el serio daño psicológico en todos, incluso la aparición de trastornos psiquiátricos con pérdida de la razón en dos de ellos.
Es lógico reconocer que esos perjuicios ocasionados a sus organismos inciden directamente limitando la calidad de vida por el resto de sus días, con la consecuencia natural de acortar les su esperanza de vida.
Después de someterlos a condiciones de encierro que hacen imposible la conservación de la Salud, el brindarles asistencia médica constituye otro mecanismo para presionar a los reos y sus familias, de hecho, de los catorce ninguno están recibiendo tratamiento médico adecuado.
Las familias además de ser víctimas de los sufrimientos y traumas por la situación de sus seres queridos, soportarán en el futuro las limitaciones permanentes por los daños físicos, psicológicos, económicos y de marginación social.
Como prueban las circunstancias de sus arrestos, estas personas no alteraron el orden, no obstante, si hubiesen incurrido en algún delito, no existe Justificación Legal ni Moral para el trato que se les da y para sostener la negativa de las autoridades a reconocerles derechos al Habeas Corpus, otorgarles fianzas o presentarlos a juicio.
Al valorar los elementos anteriores se impone la presunción de que en el país existe ensañamiento como método de castigo para intimidar a quienes sostienen convicciones políticas opuestas a la oficialidad.
En ese sentido, debe señalarse que en el año 2002 también por presunta alteración del orden, otro grupo de opositores sufrió prisión prolongada sin juicios ni cargos, en condiciones similares de cautiverio que ocasionaron daños en el estado de salud de todos; entre ellos:
El Sr. Leonardo Bruzón Ávila, saludable en el momento de su arresto, en la cárcel estuvo a punto de morir por las huelgas de hambre que hizo exigiendo su derecho a juicio o su liberación. Fue excarcelado con Diabetes Mellitus, Hipertensión Arterial, Hiperlipidemia, Ataques Transitorios de Isquemia, Polineuropatía, Neurosis Depresiva Severa, además de perder los dientes y sufrir marcada pérdida de la visión.
El abogado Juan Carlos González Leyva, único Ciego en el mundo preso de conciencia, cuya limitación se sobre entiende resulta incompatible con el régimen carcelario y, por ello, aún después de excarcelado no puede recuperarse de los trastornos psiquiátricos que contrajo en la prisión.
En el 2003 le tocó el turno a otro grupo de 75 opositores pacíficos que todos testimonian progresivo deterioro de la salud física y psíquica, incluso las autoridades extendieron licencias extrapenales eventualmente a 15 de ellos por lo delicado de su salud, y no se conoce de uno solo que se conserve saludable.
En el 2004 la acumulación de esas condiciones carcelarias infrahumanas provocó el estallido de motines sangrientos en la Prisión Provincial “Combinado del Este” y en la Prisión “1580¨, ambas en la Ciudad de la Habana, con un saldo de varias decenas de muertos y lesionados.
Son incontables los casos que ilustran la Práctica Sistemática e Institucionalizada de métodos que, según la definición de las Naciones Unidas, tipifican como Tortura en las cárceles de Cuba, aplicados con el propósito de Castigo e Intimidación.
Sugerimos a las autoridades del país que niegan tales prácticas que investiguen, además de estos casos expuestos, la situación de los más de trescientos presos políticos que en la actualidad cumplen injustas condenas.
Como norma en los más de doscientos centros penitenciarios del país, que albergan una población penal cercana a los cien mil reclusos, estos carecen de protección frente a los tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Le recomendamos al Gobierno Cubano que asuma la obligación de respetar su propia legislación penal y, de igual modo, las legislaciones internacionales contra la Tortura establecidas por los Organismos Multilaterales.
A la vez, pedimos a la Cruz Roja Internacional, al Comité de Detención Arbitraria de la ONU, así como a los Gobiernos e Instituciones Democráticas, le exijan al Gobierno Cubano que reconozca y aplique esas legislaciones.
Ciudad de la Habana, Cuba, 9 de Enero de 2006.
* Director del Centro de Salud y DDHH “Juan Bruno Zayas”
** Periodista Independiente. *** Periodista Independiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario