domingo, noviembre 11, 2018

Una extraordinaria estrategia global VIDATOX 30 CH.



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Una extraordinaria estrategia global: VIDATOX 30 CH.
Comentario inicial.
Pues sí, una extraordinaria estrategia global en Propiedad Industrial pero en el sentido hacia la irracionalidad, la negligencia, el desmedido afán de lucro, las graves afectaciones económicas y la falta de ética profesional.
Esas son las acciones llevadas a cabo para la comercialización internacional a ultranza del producto homeopático distinguido bajo la marca VIDATOX 30 CH, en clase internacional nº 5, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM. Dicho producto está orientado para pacientes de cáncer. Se le atribuye actividad antitumoral debido a la controvertida presencia en su formulación farmacéutica de los péptidos del escorpión Rhopalurus Junceus, una especie endémica de Cuba.
Desde la perspectiva de la Propiedad Industrial la estrategia global, que nos ocupa, tiene, básicamente, como pilares la solicitud internacional nº PCT/CU2011/000006 para la invención “Péptidos del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus y composición farmacéutica”, clasificación A61K38/08, Inventores: Fraga Castro, José Antonio, y otros, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, designando ciento quince países; más la solicitud de registro de marca comunitaria nº 9 990 797 para Vidatox, en clase internacional nº 5, a nombre de dicho grupo empresarial cubano.
La estrategia global para la adquisición de derechos y ulterior comercialización del VIDATOX 30 CH fue diseñada y materializada por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, un conglomerado estatal del sector de la Biofarmacéutica y la Química orientado hacia la salud animal, bajo el control del Ministerio de la Agricultura, que controla bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo, en particular activos de la Propiedad Industrial. Su predecesor es la Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM.
En la estrategia también participaron directivos de la mercantil cubana LABIOFAM, S.A., ésta es la comercializadora del mentado grupo empresarial, una sociedad anónima importadora y exportadora constituida en 1993, sin contar,- al menos hasta el 2017 -, con sitio oficial en Internet ni tener certificada su contabilidad en conformidad con las Normas Cubanas de Contabilidad, NCC.
Para el momento de la gestación de la mentada estrategia pues frente a dicho grupo empresarial se encontraba José Antonio Fraga Castro en el puesto de Director General, que simultaneaba como Presidente de la Junta General de Accionistas de LABIOFAM, S.A., un veterinario de profesión, Cuadro de Dirección del Estado socialista cubano, militante del Partido Comunista de Cuba, sobrino de Fidel y Raúl Castro Ruz.
Vale destacar que José Antonio Fraga Castro se encuentra copiosamente denunciado ante las autoridades cubanas y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT, por operaciones sospechosas de Movimientos de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos realizadas entre 2012 y 2015, a través del empresario rumano Ovidiu Tender, más la creación del circuito financiero fraudulento de larga data entre LABIOFAM, S.A. y la mercantil bahamesa LABIOFAM ASIA LIMITED.
Si fuera poco, Fraga Castro cuenta con el extraordinario antecedente de haber realizado inauditos actos mercantiles en La Habana durante la primera mitad de la década de 1990 con el empresario estadounidense Robert L. Vesco, otro prominente defraudador y fugitivo de las autoridades de los Estados Unidos de América, EE.UU., según The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, entre los cuales, El País de España, La Nación de Argentina y Proceso de México.
Pero vayamos paso por paso en el desarrollo del tema, que nos ocupa en este artículo. Por cierto, su contenido, al igual que los otros artículos pro-bono publicados en mi perfil en Linkedin, relacionados con extraordinarios hechos acontecidos en el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., parten de información pública y de denuncias abiertas. Eso es una nota aclaratoria orientada hacia las autoridades cubanas fundidas con “El Partido Único.” Sin perder de vista, que las mentadas entidades cubanas controlan y explotan bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo, del cual, claro está, soy parte y, en consecuencia, “propietario” de tales bienes.
I. Preliminar.
II. Antecedentes del producto VIDATOX 30 CH. Mención especial a Misael Bordier.
III. LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la marca Vidatox y Diseño.
IV.   LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”.
V. VIDATOX 30 CH: su eficacia farmacológica, seguridad clínica y costos asociados en I+D+I.
VI. Negocios inauditos de LABIOFAM en relación al VIDATOX 30 CH y otros productos asociados a la salud humana.
VII. La negligencia respecto a la invención patentada en Cuba asociada al VIDATOX 30 CH.
VIII. Conclusiones.
 I. Preliminar.
A inicios de la década de 1980, Robert L. Vesco, un prominente defraudador y fugitivo de las autoridades de los EE.UU., según The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, arribó a Cuba. Ningún medio de noticia controlado por el Estado socialista cubano, fundido con “El Partido Único”, dio cuenta de tan extraordinario acontecimiento. Así las cosas, residió durante más de una década en el más hermético secretismo en La Habana, específicamente en el exclusivo residencial turístico Marina Hemingway.
Luego, en la primera mitad de la década de 1990, tan singular personaje se enroló en actos mercantiles con José Antonio Fraga Castro, éste en condición de Director de la extinta Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM, una empresa estatal socialista con bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo bajo el control del Ministerio de la Agricultura, - actualmente GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM-.
De más está decir que los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano no divulgaron ninguna información al pueblo cubano sobre tan inauditas negociaciones entre Vesco y Fraga Castro. Ante tales circunstancias, luego, la referencia obligada es lo descrito por The New York Times y otros medios de noticias extranjeros, que dan cuenta de la pretendida producción y comercialización de un “milagroso fármaco”, la Trixolane, aludido como TX, que acabaría con varias enfermedades degenerativas, entre las cuales el cáncer.
Así las cosas, con el beneficio del secretismo y la falta de transparencia, Vesco y Fraga Castro dieron rienda suelta a sus delirios empresariales y desmedido afán de lucro. El supuesto medicamento, en cuestión, sería producido por la mentada Empresa de Laboratorio Farmacéutico, LABIOFAM, y comercializado por LABIOFAM, S.A. En consecuencia, tuvo lugar el movimiento de capitales, la constitución de mercantiles en Bahamas, y no faltaron otros emprendedores, que se sumaron a la aventura. Más, todo terminó en la perpetración de un ilícito penal según el Tribunal Provincial Popular de La Habana, en conformidad con su sentencia privativa de libertad de 1996 contra Robert L. Vesco, quien presuntamente falleció en La Habana a finales de 2007. Ese último hecho tampoco fue informado por los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano.
En esa tropelía empresarial José Antonio Fraga Castro resultó ser “una víctima” según el tribunal cubano actuante. Esa “víctima” más adelante protagonizó varias operaciones sospechosas de movimientos de capitales Ilícitos y lavado de activos, a través del empresario rumano Ovidiu Tender, y la creación de un circuito financiero fraudulento entre LABIOFAM, S.A., de la cual era el Presidente de su Junta General de Accionistas, y la mercantil bahamesa LABIOFAM ASIA LIMITED, en la cual la mentada mercantil cubana ha sido accionista.
Esas operaciones se encuentra profusamente denunciadas en los siguientes artículos pro-bono: Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas, El enfrentamiento al Lavado de Activos desde la perspectiva del Activismo en Cuba. El caso del empresario rumano Ovidiu Tender, que incluye una presentación en Power Point; El Caso LABIOFAM (I): Otro fallo sin cumplir, El Caso LABIOFAM (II): Libertades Fundamentales contra Falta de Transparencia y Abusos en Cuba, El Caso LABIOFAM (III): la mercantil cubana en Desobediencia, El Decreto-Ley 317 y los negocios con Ovidiu Tender y GAFILAT en La Habana.
También son objeto de una denuncia ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica, GAFILAT, orientado al enfrentamiento al Movimiento de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos. Igualmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, tiene copiosa información sobre tales operaciones, a través de la Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas en tanto éstas han actuado en aquiescencia y falta de transparencia en relación al extraordinario acoso laboral perpetrado deliberadamente por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., en condición de Cuadros de Dirección del Estado socialista cubano y militantes del “Partido Único”, en manifiesta represalia a la denuncia formulada. Dicha petición está pendiente de resolución por la CIDH.
II. Antecedentes del producto VIDATOX 30 CH. Mención especial a Misael Bordier.
La literatura especializada describe al escorpión o alacrán Rhopalurus Junceus como una especie endémica de Cuba, a cuyo veneno se le atribuyen propiedades con acción antitumoral.
Lic.Misael Bordier
Todo apunta que Misael Bordier Chibas, un biólogo-investigador cubano, oriundo de Guantánamo, la provincia más oriental del archipiélago cubano, fue el precursor de las investigaciones sobre las propiedades del mentado veneno. Esas investigaciones se remontan a la década de 1980, mientras trabajaba en la Universidad de Guantánamo. Fue aplicado primeramente en perros y ratas afectados por tumores notándose mejoría en éstos. En 1993, sobrevino el suministro a una mujer con cáncer.
Las investigaciones de Bordier se materializaron en el producto ESCOZUL, que no es más que la combinación de ciertas letras de las palabras escorpión azul, como también suele identificarse al escorpión Rhopalurus Junceus. Ese producto era suministrado de manera gratuita a quienes dieran su consentimiento.
Más adelante, el biólogo cubano fue contratado por LABIOFAM, bajo la dirección de José Antonio Fraga Castro debido al creciente reconocimiento que iba ganando. La solución experimental ESCOZUL continuó siendo suministrada gratuitamente.
Misael Bordier falleció en Cuba en el 2005, ese año marca el inicio de la extraordinaria estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH. De ahí en lo adelante, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A. dejaron de aludir el término ESCOZUL para las investigaciones asociadas a las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus; en cambio fue creado desde dicho grupo empresarial el término VIDATOX.
III. LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la marca Vidatox y Diseño.
El 8 de abril de 2005, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM procedió, a través de su Representante Legal, a depositar ante la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, O.C.P.I., la solicitud nacional de registro de marca nº 2005-0200, en clase internacional nº 5, para Vidatox y Diseño. Dicha solicitud devino el 10 de marzo de 2009 en el registro de marca nº 2005-0200 a nombre del mentado grupo empresarial en Cuba, válido por diez años, es decir, hasta el 8 de abril de 2015, renovable por iguales períodos sin limitación temporal, previo pago de la correspondiente tasa ante la O.C.P.I.
Seguidamente el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM se enroló en acciones legales para la internacionalización de la marca Vidatox y Diseño con marcado interés hacia Europa. Así las cosas, el 24 de mayo de 2011 el grupo empresarial cubano solicitó el registro de la marca comunitaria Vidatox y Diseño en la clase internacional 5, a través de la solicitud nº 9 990 797 ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior, O.A.M.I., actualmente Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, EUIPO.
Esa solicitud de marca comunitaria fue objeto del procedimiento de oposición nº B 1 916 975 interpuesto ante la División de Oposición de la O.A.M.I. por la mercantil española Brissas Parfum Paris, S.A. sobre la base de su más temprano registro de marca española nº 2 886 069 para la marca Vida Shock. El sustrato legal de la oposición era el Riesgo de Confusión, regulado en el Reglamento de Marca Comunitaria, R.M.C., artículo 8), apartado 1, letra b).
Tras el examen de rigor, éste compromete el análisis de los productos, los signos, los elementos distintivos y dominantes de los signos, el carácter distintivo de la marca anterior, el público destinatario – nivel de atención y la apreciación global, luego, la División de Oposición de la O.A.M.I., mediante su resolución para la oposición B 1 916 975, rechazó para registro la solicitud de marca comunitaria nº 9 990 797 para Vidatox y Diseño, en clase internacional nº 5, a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM; éste no interpuso, dentro del término reglado en conformidad con el artículo 60) del R.M.C., el correspondiente recurso para combatir la resolución administrativa.
En virtud de la decisión de la O.A.M.I. no combatida por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, éste no alcanzó a tutelar derechos exclusivos sobre la marca Vidatox y Diseño, en clase internacional nº 5 en ningún Estado de la Unión Europea.
IV.  LABIOFAM tras los derechos exclusivos de la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”.
El 27 de septiembre de 2010, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de M. Lourdes Ruíz Sotolongo, una Agente Oficial de CLAIM, S.A., una consultoría cubana especializada en Propiedad Industrial, depositó ante la O.C.P.I. la solicitud nacional de patente nº 2010-0186, clasificación internacional A1, para la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus”. Dicha solicitud de invención devino en una invención patentada a nombre del mentado grupo empresarial en Cuba en conformidad con el Certificado de Patente de Invención expedido por la O.C.P.I., radicado con el nº 24055, concedido por Resolución nº 1940/2014 de su Directora General y válido hasta el 27 de septiembre de 2030.
En palabras más coloquiales, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM devino en el titular de los derechos exclusivos de la invención patentada relativa a la composición farmacéutica del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus durante el plazo legal de veinte años, permitiéndole explotar dicha invención en el mercado cubano, a través de disímiles negocios jurídicos, que representarían la captación de beneficios económicos futuros y se traducirían en recuperar los costos incurridos en el proceso de I+D+I para la invención, que nos ocupa, y seguidamente elevar la rentabilidad de su actividad y su competitividad en el mercado.
Los creadores de dicha invención patentada, que aparecen consignados en el Certificado expedido por la O.C.P.I., están encabezados por José Antonio Fraga Castro. Ese lugar, en efecto práctico, se reserva al líder de la investigación, de quien se supone tuvo un rol protagónico en la ardua labor investigativa. Ese investigador líder no es oncólogo es veterinario. Este autor no ha encontrado prueba documental alguna en cuanto que la labor investigativa de José Antonio Fraga Castro, enfocada hacia las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus, sea anterior a la profusa investigación documentada realizada por Misael Bordier Chibas desde la década de 1980. Entre los creadores listados en el certificado de la O.C.P.I. no aparece el nombre del altruista biólogo-investigador guantanamero.
Siguiendo los hechos, pues, el 27 de septiembre de 2011, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM invocando como fecha de prioridad la solicitud de la patente cubana, pues, promovió la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006 para la invención “Péptidos del veneno de escorpión Rhopalurus Junceus y composición farmacéutica”, clasificación A61K 38/08, designando la friolera de ciento quince países, entre los cuales mercados más que remotos, donde el grupo empresarial cubano ni LABIOFAM, S.A. tenían presencia comercial ni antecedentes de haber realizado acciones de prospección comercial.
Después de siete años de depositarse la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006, de los ciento quince países designados solo la Federación Rusa ha concedido la patente. En cambio, en la mayoría de los países designados dicha solicitud de patente, en fase nacional, se encuentra rechazada, abandonada y en trámites.
Vale destacar que la entrada en fase nacional de la solicitud internacional, en cuestión, hacia los Estados de la Unión Europea, a través de la Oficina Europea de Patentes, OEP, siendo la solicitud nº ECSP 13012595 (A) - 2014-11-28 se encuentra abandonada desde abril de 2016. Es decir, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM no ha tutelado derechos exclusivos sobre la invención en cuestión dentro del ámbito de los miembros de la Unión Europea.
Por cierto, para esa fecha venía teniendo lugar en LABIOFAM, S.A. una inaudita negligencia en el ámbito de la vigilancia de los derechos de Propiedad Industrial del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM a razón de perpetrarse un despido ilegal en febrero de 2015 contra tres Asesores Jurídicos de recién-contratación, sobre lo cual abordaremos más adelante. Téngase en cuenta que la mentada mercantil cubana, a través de su Dirección Jurídica, controla la adquisición, mantenimiento, defensa y cesión de tales derechos ante las respectivas Oficinas de la Propiedad Industrial.
V. VIDATOX 30 CH: su eficacia farmacológica, seguridad clínica y costos asociados en I+D+I.
En cuanto a la eficacia farmacológica y la seguridad clínica del producto VIDATOX 30 CH pues no siendo las Ciencias Médicas, en particular la Oncología, mi área de experticia, entonces, mejor remito al lector avezado hacia lo expuesto por varios doctores cubanos en dicha rama del saber humano, más en Física Aplicada. Esos criterios técnicos están disponibles públicamente en Internet, a través del sitio “Información actualizada sobre el VIDATOX.”
Repasemos esos criterios.
"El Vidatox es básicamente agua y alcohol, por lo que no debe tener nada del llamado veneno del alacrán. No existen evidencias de que el Vidatox en cualquier forma de presentación resulte eficaz para tratar alguna enfermedad o trastorno clínico. Esta evidencia se obtiene principalmente a través de la realización y publicación de ensayos clínicos controlados aleatorizados y con doble enmascaramiento. Por favor, si alguien sabe dónde está publicado algún artículo que demuestre la eficacia y seguridad clínica del Vidatox para tratar cualquier enfermedad o síntoma, le agradecería mucho me lo muestre". Dr. Emilio Carpio Muñoz. Sancti Spíritus. Cuba.
"El Vidatox no es en realidad un preparado de un producto natural; es la dilución repetida del veneno un gran número de veces, hasta garantizar que en el preparado final no exista una sola molécula de la sustancia original. Agua pura, con algún saborizante para que el engaño sea efectivo. Y de paso, así se evita una posible demanda por parte de algún paciente alérgico". (…) "La realidad es que no hay un solo oncólogo entre quienes promocionan el producto, sino veterinarios, ingenieros y otros con especialidades ajenas a la medicina". Dr. Arnaldo González Arias. Profesor Auxiliar en Física Aplicada. Universidad de La Habana.
“Curiosamente, la campaña del Vidatox hace uso de esas cuestionables afirmaciones, pero omite un aspecto esencial. Los resultados antes citados se refieren al veneno de alacrán en estado puro o ligeramente diluido, pero el Vidatox es una dilución 30 centesimal de Hanneman.” (…) Los promotores del Vidatox tal vez se inspiren en el afán de contribuir con la recaudación de divisas para nuestra economía, pero hacerlo de la forma que lo han hecho, puede resultar en consecuencias muy negativas, empañando el prestigio suyo, de otras instituciones y del país. Dr. Jorge A. Bergado Rosado. Centro Internacional de Restauración Neurológica. CIREN. Cuba.
Me parece que a nadie le cabe duda de que lo que garantiza que un producto cure, no reside en que sea natural o artificial, asiático u occidental, tradicional o moderno.” Dr. Osvaldo de Melo. Profesor Titular. Facultad de Física Universidad de La Habana.
Si fuera poco, la autoridad cubana reguladora sobre medicamentos, a saber, el Centro para el Control Estatal de Medicamentos, Equipos y Dispositivos Médicos, CECMED, también se ha manifestado en relación al VIDATOX 30 CH, a través de Nota Informativa de 18 de diciembre de 2012, en los siguientes términos.
“La indicación terapéutica aprobada es: Terapia complementaria para el tratamiento de síntomas provocados por los efectos del cáncer y alivio del dolor, considerando que no han sido presentadas evidencias científicas que avalen su autorización como un tratamiento único. (…) Otras indicaciones o propiedades terapéuticas atribuidas al VIDATOX® diferentes a las aprobadas por el CECMED, no cuentan con respaldo científico requerido y su promoción no es ética.”
Claro está, que además están al alcance del lector avezado los criterios sobre las propiedades atribuidas al VIDATOX 30CH por parte de los investigadores, y no investigadores, del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, ésos están disponibles en la revista institucional de dicho grupo, cuyos artículos se encuentran listados al final de este artículo. En cualquier caso, el autor no ha encontrado esos criterios plasmados en revistas científicas de las Ciencias Médicas, en particular su especialidad de la Oncología.
El producto homeopático VIDATOX 30 CH al presentar una dilución tan extraordinariamente alta de su principio activo es diana fácil para las graves y bien fundamentadas críticas por parte de la comunidad científica, sustraída del entorno empresarial del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., éstos más orientados hacia la capitalización a ultranza a través de dicho producto. Súmesele a eso la uniforme reluctancia de la comunidad científica hacia la homeopatía debido a la falta de evidencia científica. El estado de opinión es profuso al respecto. Solo para ilustrar de manera enunciativa y no exhaustiva téngase en cuenta los dos siguientes casos. En el 2016, la Comisión Federal de Comercio de los EE.UU. aprobó una política orientada hacia los fabricantes de productos homeopáticos en el sentido que deberán mostrar evidencias científicas de sus productos antes que éstos sean autorizados para la venta dentro del mercado estadounidense. Ese mismo año, la Universidad de Barcelona, en línea con otras universidades españolas, adoptó la decisión académica de no impartir más el Máster de Medicina Homeopática debido al aumento de la controversia científica hacia la homeopatía.
En cuanto a los costos de I+D+I asociados al VIDATOX 30 CH según información publicada por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de su artículo “Avanza estudio sobre péptidos antitumorales”, disponible en su revista LABIOFAM, Año 4, nº 1/2013, p. 12, luego, para el 2013 dicho grupo empresarial ya había incurrido en un gasto que excedía los veintitrés millones de pesos cubanos.
En relación a los costos asociados desde la perspectiva de la obtención de los derechos exclusivos que recaen en la invención y la marca asociadas al VIDATOX 30CH pues estos ascienden sobradamente a más de cien mil dólares estadounidenses debido, mayormente, a las ciento quince designaciones de la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006.
VI. Negocios inauditos de LABIOFAM en relación al VIDATOX 30 CH y otros productos asociados a la salud humana.
En el 2012, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de su Director General José Antonio Fraga Castro, y el Grupo TENDER, S.A., a través de su Presidente Ovidiu Tender, dieron inicio a las negociaciones para la construcción de una bio-fábrica y un Spa en Serbia para la producción y comercialización a gran escala en Europa de los productos del grupo empresarial cubano, con marcado interés en el VIDATOX 30 CH.
OPCIONES, un medio de noticias controlado por el Estado socialista cubano, divulgó tan promisorio hecho pero no se detuvo en indagar las circunstancias por las que atravesaba en ese momento el mentado empresario rumano.
En el momento de las negociaciones entre Fraga Castro y Tender, éste era un prominente acusado en uno de los más dilatados procesos judiciales en Rumanía. El empresario rumano, y otros, era acusado de fraude, crear y formar parte de un grupo de crimen organizado para el lavado de dinero, que defraudó más de mil millones en su país de origen.
En tan inauditas negociaciones, de 2012 a 2015, en medio de un dilatado proceso judicial de lavado de dinero, también participó Alejandro Castro Soto del Valle, otro sobrino del General de Ejército Raúl Castro Ruz, quien para ese entonces era el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, cargo que simultaneó con su cargo de Primer Secretario del “Partido Único”.
Si fuera poco, José Antonio Fraga Castro, Alejandro Castro Soto del Valle y Ovidiu Tender contaron con la colaboración activa de la Embajada de Cuba en Rumanía. Pues nada, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, MINREX, y la Revista LABIOFAM también divulgaron la proeza empresarial, más no aludieron al relevante proceso judicial por fraude y lavado de dinero, que venía teniendo en lugar en paralelo contra Ovidiu Tender en Rumanía.
Así las cosas, fueron constituidas las mercantiles rumanas LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L., y TENDER, S.C., controladas por Ovidiu Tender. Éstas suscribieron contratos fraudulentos con LABIOFAM, S.A., entre 2013 y 2014, en tanto sobre la base de derechos inexistentes de Propiedad Industrial a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM en Europa.
En relación a dichos contratos, el autor, en ejercicio de sus funciones como Asesor Jurídico recién-contratado, emitió el correspondiente dictamen legal, en virtud de lo establecido por la ley cubana, y dejó registrada su opinión técnica en cuanto a la creación de las condiciones propicias para un circuito financiero fraudulento entre las mentadas mercantiles.
El dictamen, en cuestión, desapareció con motivo de la revisión de documentos en la Dirección Jurídica de LABIOFAM, S.A. por parte de una comisión creada por el Director General de la mercantil cubana. Los cuatro integrantes de la comisión eran miembros del núcleo del Partido Comunista de Cuba en LABIOFAM, S.A. A ese hecho le sobrevino el despido ilegal en febrero de 2015 contra el autor, y otros dos asesores de recién-contratación, y, más adelante, con la reubicación del autor en LABIOFAM, S.A., por mandato judicial, pues sobrevino un deliberado acoso laboral.
Esos abusos perpetrados deliberadamente por varios directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., en condición de Cuadros de Dirección del Estado socialista cubano y militantes del “Partido Único” se encuentran denunciados, a través de la Petición P-1726-17 contra las autoridades cubanas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH.
VII. La negligencia respecto a la invención patentada en Cuba asociada al VIDATOX 30 CH.
En marzo y abril de 2016, poco más de un año del despido ilegal perpetrado por la alta dirección de LABIOFAM, S.A., con la aquiescencia de Alfred Remberto Crespo Dorta, recién-designado Director General del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, copiosamente denunciado como acosador ante los medios de noticias controlados por el Estado socialista cubano y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, M.T.S.S., luego, los Boletines Oficiales de la O.C.P.I., número 335 y 336, páginas 124 y 289, publicaron la caducidad de los derechos exclusivos de las siguientes tres patentes de invención a nombre del grupo empresarial en Cuba debido a la falta de pago de sus anualidades de mantenimiento por falta de vigilancia sistemática sobre los derechos de Propiedad Industrial.
-  Patente nº 24018, “Composiciones farmacéuticas a partir de derivados de la musa SP.” Boletín Oficial nº 335, página 124.
-  Patente nº 23381, “Fórmula nutricional y farmacéutica elaborada a partir de eritrocitos equinos y la miel de abeja.” Boletín Oficial nº 336, página 289.
-  Patente nº 24055, “Composiciones farmacéuticas de veneno de Escorpión Rhopalurus Junceus.” Boletín Oficial nº 336, página 289.

Al momento de declararse la caducidad de los derechos exclusivos de las tres invenciones patentadas, éstas se encontraban en explotación en el mercado cubano, a través de los productos distinguidos bajo las marcas, en clase internacional nº 5, ACITÁN®, FERRICAL®, y VIDATOX®. Por cierto, la patente asociada al producto VIDATOX 30 CH estaba vigente hasta el 2030 de modo que el perjuicio económico fue extraordinario pues ya vimos que el propio GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM fijaba los costos asociados a dicha invención en el orden de los veintitrés millones de pesos cubanos para el 2013.
Para mayores detalles sobre esa extraordinaria negligencia en LABIOFAM, S.A., con la falta de control del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, el autor recomienda su artículo pro-bono: “La negligencia en tres patentes de invención del Grupo Empresarial Labiofam en Cuba.”
VIII. Conclusiones.
A) La estrategia global de Propiedad Industrial diseñada y materializada por directivos del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A., bajo la guía de José Antonio Fraga Castro, con el fin de internacionalizar la comercialización del producto homeopático VIDATOX 30 CH, luego, se apropió de las investigaciones más tempranas del biólogo-investigador cubano Misael Bordier Chibas sobre las propiedades del veneno del escorpión Rhopalurus Junceus, deformando el sentido que a dichas investigaciones le imprimió el biólogo cubano en tanto orientadas hacia una clara vocación humanista de no percibir ingreso alguno, a través del suministro del producto homeopático ESCOZUL, éste prescrito de manera gratuita para individuos con cáncer.
B) La estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH reproduce el esquema mercantil – financiero del prominente defraudador estadounidense Robert L. Vesco en relación al producto TX, un supuesto “fármaco milagroso” orientado a erradicar enfermedades degenerativas, entre las cuales el cáncer, en tanto desde LABIOFAM, S.A. se negoció la creación de las mercantiles rumanas LABIOFAM EAST & SOUTH EUROPE, S.R.L. y TENDER, S.C., éstas controladas por el prominente defraudador rumano Ovidiu Tender, según estableció tal condición el Tribunal de Apelaciones de Bucarest mediante su sentencia firme privativa de libertad de doce años y siete meses. En esas negociaciones de 2012 a 2015 con el mentado empresario rumano estuvieron al frente por la parte cubana: José Antonio Fraga Castro, Alejandro Castro Soto del Valle y directivos de LABIOFAM, S.A. Ellos contaron con la colaboración de la Embajada de Cuba en Rumanía en medio del dilatado proceso judicial por fraude y lavado de dinero seguido contra Ovidiu Tender en Rumanía, que concluyó en el 2015.
C) La estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH ha ocasionado una extraordinaria afectación económica en el patrimonio del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y por extensión a la economía cubana, en tanto dicho grupo empresarial controla y explota bienes en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo. Esa grave afectación económica se traduce en el orden de 23 millones de pesos cubanos asociados a los costos incurridos por dicho grupo empresarial en el proceso de I+D+I en relación a la invención “Composiciones farmacéuticas de veneno de escorpión Rhopalurus Junceus” al menos hasta el 2013. Téngase en cuenta que en el 2016 tiene lugar la inaudita negligencia en LABIOFAM, S.A., que consumó la caducidad de los derechos exclusivos de la mentada patente, que estarían vigente hasta el 2030. A ese monto debe sumársele los pagos incurridos por dicho grupo empresarial en la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006, de 2011.
D) A fecha de este artículo de los ciento quince países designados en la solicitud internacional de patente nº PCT/CU2011/000006 solo la Federación Rusa ha concedido la patente en cambio a las declaraciones de rechazo y de abandono. Dicha solicitud internacional da cuenta, además, de cuan errática fue su presentación, agravando aún más los extraordinarios perjuicios económicos ocasionados en torno al producto homeopático VIDATOX 30 CH. Sin lugar a dudas, el máximo responsable de tamaña afectación económica es José Antonio Fraga Castro en tanto la máxima autoridad que gestó y materializó la estrategia global, que nos ocupa, más otros miembros de la alta dirección del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A. El extraordinario perjuicio económico tiene la nota grave de haber tenido lugar en una muy compleja situación financiera de la economía cubana.
E) La Fiscalía General de la República, F.G.R., en conjunto con la Contraloría General de la República C.G.R., están en el ineludible deber de promover la acción penal a razón de la extraordinaria afectación económica ocasionada por la estrategia global para la comercialización del VIDATOX 30 CH. Sin perder de vista las operaciones sospechosas de Movimientos de Capitales Ilícitos y Lavado de Activos, más la creación del circuito financiero fraudulento de larga data entre LABIOFAM S.A. y LABIOFAM ASIA LIMITED, todo en lo cual también se encuentra involucrado José Antonio Fraga Castro como la máxima autoridad, que contribuyó a la perpetración de tales operaciones financieras durante años.
 E) Las autoridades cubanas, fundidas con el Partido Comunista de Cuba, están en la obligación de dar cuenta de esta denuncia al pueblo cubano en tanto el legítimo propietario de los bienes en régimen de propiedad socialista controlado y explotado por el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A.
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* Abogado independiente y activista contra el totalitarismo en Cuba. Doctorado en Derecho (Mención Cum Laude). Universidad de Alcalá, UAH, España. Director de la tesis doctoral: Dr. José Manuel Otero Lastres (España) - Mejor Abogado en Propiedad Industrial. Máster en Derecho. Universidad de Alcalá, España. Máster en Sociedad Stock. Universidad de Barcelona, UB, España. Licenciatura en Derecho. Universidad de la Habana, UH, Cuba. Ha trabajado para LABIOFAM, S.A. (Cuba), Grupo de Turismo Gaviota, S.A., Corporación Habanos S.A.L
Los datos son tomados de la página de Linkedin del autor del artículo.

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