PALAIS DES NATIONS •
1211 GENEVA 10, SWITZERLAND
Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas
contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la
Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.
REFERENCIA: AL CUB 6/2019
6 de noviembre
de 2019
Excelencia,
Tenemos el honor de dirigirnos a
Usted en nuestra calidad de Relatora Especial sobre las formas contemporáneas
de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y Relatora Especial
sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, de conformidad con
las resoluciones 33/1 y 35/5 del Consejo de Derechos Humanos.
En este contexto, quisiéramos
señalar a la atención urgente del Gobierno de Su Excelencia la información que
hemos recibido en relación con presuntos abusos de derechos humanos sufridos
por médicos de Cuba que participan en “misiones
de internacionalización”.
Según información recibida,
incluyendo de primera mano:
Desde 1963, el Gobierno de Su
Excelencia envía brigadas médicas al extranjero. Según cifras gubernamentales,
más de 600 mil trabajadores de la salud han prestado servicios médicos en más
de 160 países. Actualmente, unos 30 mil médicos cubanos estarían activos en 67
países. Los estudios universitarios en Cuba son gratuitos, incluyendo para
estudiantes extranjeros.
Los médicos y otros profesionales
cubanos trabajan en distintos países a nivel internacional en “Misiones de Internacionalización” por un
período promedio de 3 años. Dichas misiones están reguladas en su legislación con
la definición de trabajo de civiles por cuenta del Estado. La Resolución No.
168 de 2010 emitida por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión
Extranjera de Cuba establece el régimen disciplinario de los trabajadores
civiles cubanos que prestan servicios en el exterior.
En las últimas décadas, Cuba ha
creado y consolidado el Sistema Nacional de Salud (SNS) que incluye un enfoque
internacionalista, además de varios principios rectores adicionales.
Entre 2011 y 2015 los profesionales
contratados en el exterior habrían aportado un promedio anual de más de 11
millones de dólares. De esa cantidad, al menos un 80% habría sido tributado por
los especialistas de la salud.
Sin duda, las misiones médicas han
aportado tratamiento médico a un alto número de personas que de otra manera no
hubieran tenido acceso a servicios de salud.
Sin embargo, quisiéramos expresar
nuestra preocupación por las condiciones de trabajo y de vida que estarían afectando
a los médicos cubanos enviados al exterior para prestar sus servicios.
Muchos médicos cubanos que trabajan
en el exterior estarían expuestos a condiciones de trabajo y de vida
explotadoras, pagos salariales inadecuados. Además, muchos de estos profesionales
estarían sometidos a presiones y a seguimiento por parte del Gobierno de Su
Excelencia.
En particular, estamos preocupados
por las siguientes alegaciones que nos fueron remitidas:
·
Si bien la participación en las misiones de
internacionalización es oficialmente voluntaria, muchos médicos se sienten
presionados para acogerse a dichas misiones y temen represalias por parte de
Gobierno de Cuba si no participan;
·
En muchos de los países que se benefician de una
misión de internacionalización, los médicos cubanos no recibirían un contrato
de trabajo o si los tuvieran no siempre recibirían una copia del mismo;
·
El Gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de
los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos
fondos. Sin embargo, el Gobierno de Su Excelencia retendría un porcentaje
significativo del salario que los países anfitriones pagan por los
profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización. En
los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano,
éste debe devolver al Gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que
aumentaría al 75% o hasta el 90% de su salario mensual. En muchos casos, el
salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente;
Además, el Gobierno de Cuba estaría “congelando”
una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso
al país pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la
totalidad del monto que les corresponde;
·
Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16
adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales,
muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas
ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos
en el exterior;
·
La libertad de movimiento de los trabajadores cubanos
en el país de destino estaría restringida y bajo vigilancia por funcionarios
del Gobierno;
·
El derecho a la privacidad estaría limitado por el
control y seguimiento efectuado a los médicos, incluyendo la comunicación y las
relaciones sostenidas con personas nacionales y extranjeras durante las
misiones de internacionalización;
·
En principio, los profesionales podrían regresar a
Cuba de vacaciones una vez por año pero que dicho viaje sería muchas veces
considerado como premio o según las circunstancias, podría ser negado como una
forma de castigo;
·
Si un profesional decide retirarse del trabajo en el
exterior, se califica como “abandono de
misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su
artículo 135 (1) estipula que “el
funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero
que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que
regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de
privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son
aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero
deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están
separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos
considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho
años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y
repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el
vicepresidente del Consejo de Estado de Ministros, Roberto Morales Ojeda en
febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la
descontinuación del programa Mais Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos
de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.
·
Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares
por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres
médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en
misiones de internacionalización.
Otros profesionales, entre ellos
maestros, ingenieros o artistas estarían sometidos a condiciones de trabajo y
de vida parecidas.
Las condiciones de trabajo
reportadas podrían elevarse a trabajo forzoso, según los indicadores de trabajo
forzoso establecidos por la Organización Internacional de Trabajo. El trabajo
forzoso constituye una forma contemporánea de esclavitud
En relación con las alegaciones
arriba mencionadas, sírvase encontrar adjunto el Anexo de referencias al
derecho internacional de los derechos humanos el cual resume los instrumentos y
principios internacionales pertinentes.
En particular, quisiéramos llamar
la atención del Gobierno de su Excelencia sobre las normas fundamentales
establecidas en la Convención sobre la Esclavitud de 1926, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (art. 4) y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos (art. 8), que prohíben la esclavitud, la trata de esclavos
y el trabajo forzoso en todas sus formas. A este respecto, también quisiéramos
llamar su atención sobre el Convenio Nº 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso y
el Convenio Nº 105 de la OIT sobre la abolición del trabajo forzoso, en los que
se pide que se suprima el uso del trabajo forzoso u obligatorio. Quisiéramos
mencionar, además, los artículos 7 y 11 del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, que reconocen, respectivamente, el derecho a
condiciones de trabajo justas y favorables y a un nivel de vida adecuado.
Además, quisiéramos señalar el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, relativo al derecho de toda persona a la libertad de
circulación y a la libertad de elegir su residencia, así como los artículos 17
y 19, que protegen el derecho a la libertad de opinión y de expresión, así como
a la intimidad y prohíben la injerencia arbitraria en la correspondencia. Por último,
quisiéramos recordar al Gobierno de Su Excelencia el artículo 4 de la
Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, en el que se
establece que los Estados deben aplicar sin demora, por todos los medios
apropiados, una política para eliminar la violencia contra la mujer.
Es nuestra responsabilidad, de
acuerdo con los mandatos que nos han sido otorgados por el Consejo de Derechos
Humanos, intentar clarificar las alegaciones llevadas a nuestra atención. En
este sentido, estaríamos muy agradecidas de tener su cooperación y sus
observaciones sobre los asuntos siguientes:
1.
Sírvase proporcionar cualquier información o comentario adicional en relación
con las alegaciones mencionadas arriba.
2.
Sírvase proporcionar información detallada acerca de las medidas que el
Gobierno de Su Excelencia ha adoptado o está planeando adoptar para garantizar
a todos los médicos y otros profesionales cubanos que trabajan en el extranjero
condiciones de trabajo y de vida dignas.
3.
Sírvase indicar de qué manera el Gobierno de Su Excelencia está evitando la
separación familiar prolongada entre médicos que trabajan en el exterior y sus
familiares que permanecen en Cuba.
4.
Sírvase indicar si el Gobierno de Su Excelencia tiene la intención de firmar el
P029 - Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930.
5.
Sírvase proporcionar información sobre los mecanismos de queja existentes para
profesionales cubanos que quieran denunciar abuso o explotación laboral y de
qué manera dichos canales o mecanismos puedan ser accedidos desde el
extranjero.
Agradeceríamos recibir una repuesta
en un plazo de 60 días. Transcurrido este plazo, esta comunicación y toda
respuesta recibida del Gobierno de su Excelencia se harán públicas a través del
sitio web de informes de comunicaciones. También estarán disponibles
posteriormente en el informe habitual que se presentará al Consejo de Derechos
Humanos.
A la espera de su respuesta,
quisiéramos instar al Gobierno de su Excelencia a que adopte todas las medidas
necesarias para proteger los derechos y las libertades de las personas
mencionadas e investigar, procesar e imponer las sanciones adecuadas a
cualquier persona responsable de las violaciones alegadas. Quisiéramos asimismo
instarle a que tome las medidas efectivas para evitar que tales hechos, de
haber ocurrido, se repitan.
Acepte, Excelencia, la expresión de
nuestra más distinguida consideración.
Urmila Bhoola
Relatora
Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas
y consecuencias
Maria Grazia Giammarinaro
Relatora
Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niño
Fuente: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=24868
No hay comentarios:
Publicar un comentario